III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Sector gasista. (BOE-A-2022-8560)
Resolución de 19 de mayo de 2022, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establecen los peajes de acceso a las redes de transporte, redes locales y regasificación para el año de gas 2023.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 124
Miércoles 25 de mayo de 2022
Sec. III. Pág. 72040
Peaje
Tamaño (kWh)
Término fijo por capacidad
(€/kWh/día y año)
Término variable por volumen
(€/kWh)
RLPS.4
50.000 < C ≤ 300.000
1,209759
0,006528
RLPS.5
300.000 < C ≤ 1.500.000
0,818813
0,005914
RLPS.6
1.500.000 < C ≤ 5.000.000
0,514476
0,005804
RLPS.7
5.000.000 < C ≤ 15.000.000
0,321110
0,002095
RLPS.8
15.000.000 < C ≤ 50.000.000
0,250888
0,000564
RL.9
50.000.000 < C ≤ 150.000.000
0,156231
0,000448
RL.10
150.000.000 < C ≤ 500.000.000
0,139675
0,000371
RL.11
C > 500.000.000
0,116375
0,000081
2.3
Multiplicadores aplicables a los contratos de duración inferior a un año.
Conforme al artículo 23 de la Circular 6/2020, de 22 de julio, a los contratos de
duración inferior a un año les serán de aplicación los multiplicadores aplicables a las
salidas de la red de transporte a redes locales.
3.
Peajes de acceso a las instalaciones de regasificación.
Los peajes de acceso a las instalaciones de regasificación son los siguientes:
3.1
Peajes asociados a cada uno de los servicios prestados en la planta.
Los peajes asociados a cada uno de los servicios prestados en la planta de
regasificación son los siguientes, calculados de acuerdo a lo establecido en el capítulo IV
de la Circular 6/2020, de 22 de julio:
a)
Peaje de descarga de buques.
Los valores del peaje de descarga de buques son los siguientes:
– TFdescarga,i (Término fijo del peaje de descarga de buques) en función del tamaño
del buque:
TFdescarga en €/buque
Tamaño del buque
S: Tamaño del buque inferior o igual a 40.000 m3 de GNL.
18.716
M: Tamaño del buque superior a 40.000 m3 de GNL e inferior o igual a 75.000 m3 de GNL.
18.716
L: Tamaño del buque superior a 75.000 m3 de GNL e inferior o igual a 150.000 m3 de GNL.
22.048
XL: Tamaño del buque superior a 150.000 m de GNL e inferior o igual a 216.000 m de GNL.
24.852
XXL: Tamaño del buque superior a 216.000 m de GNL.
37.047
3
3
3
b)
Peaje de almacenamiento de GNL.
Los valores del peaje de almacenamiento de GNL son los siguientes:
– TCGNL: (término de capacidad del peaje de almacenamiento de GNL): 0,002491
€/(kWh/día)/año.
– TVGNL: (término variable del peaje de almacenamiento de GNL): 0,000001 €/kWh.
cve: BOE-A-2022-8560
Verificable en https://www.boe.es
– TVdescarga (Término variable del peaje de descarga de buques): 0,000008 €/kWh.
Núm. 124
Miércoles 25 de mayo de 2022
Sec. III. Pág. 72040
Peaje
Tamaño (kWh)
Término fijo por capacidad
(€/kWh/día y año)
Término variable por volumen
(€/kWh)
RLPS.4
50.000 < C ≤ 300.000
1,209759
0,006528
RLPS.5
300.000 < C ≤ 1.500.000
0,818813
0,005914
RLPS.6
1.500.000 < C ≤ 5.000.000
0,514476
0,005804
RLPS.7
5.000.000 < C ≤ 15.000.000
0,321110
0,002095
RLPS.8
15.000.000 < C ≤ 50.000.000
0,250888
0,000564
RL.9
50.000.000 < C ≤ 150.000.000
0,156231
0,000448
RL.10
150.000.000 < C ≤ 500.000.000
0,139675
0,000371
RL.11
C > 500.000.000
0,116375
0,000081
2.3
Multiplicadores aplicables a los contratos de duración inferior a un año.
Conforme al artículo 23 de la Circular 6/2020, de 22 de julio, a los contratos de
duración inferior a un año les serán de aplicación los multiplicadores aplicables a las
salidas de la red de transporte a redes locales.
3.
Peajes de acceso a las instalaciones de regasificación.
Los peajes de acceso a las instalaciones de regasificación son los siguientes:
3.1
Peajes asociados a cada uno de los servicios prestados en la planta.
Los peajes asociados a cada uno de los servicios prestados en la planta de
regasificación son los siguientes, calculados de acuerdo a lo establecido en el capítulo IV
de la Circular 6/2020, de 22 de julio:
a)
Peaje de descarga de buques.
Los valores del peaje de descarga de buques son los siguientes:
– TFdescarga,i (Término fijo del peaje de descarga de buques) en función del tamaño
del buque:
TFdescarga en €/buque
Tamaño del buque
S: Tamaño del buque inferior o igual a 40.000 m3 de GNL.
18.716
M: Tamaño del buque superior a 40.000 m3 de GNL e inferior o igual a 75.000 m3 de GNL.
18.716
L: Tamaño del buque superior a 75.000 m3 de GNL e inferior o igual a 150.000 m3 de GNL.
22.048
XL: Tamaño del buque superior a 150.000 m de GNL e inferior o igual a 216.000 m de GNL.
24.852
XXL: Tamaño del buque superior a 216.000 m de GNL.
37.047
3
3
3
b)
Peaje de almacenamiento de GNL.
Los valores del peaje de almacenamiento de GNL son los siguientes:
– TCGNL: (término de capacidad del peaje de almacenamiento de GNL): 0,002491
€/(kWh/día)/año.
– TVGNL: (término variable del peaje de almacenamiento de GNL): 0,000001 €/kWh.
cve: BOE-A-2022-8560
Verificable en https://www.boe.es
– TVdescarga (Término variable del peaje de descarga de buques): 0,000008 €/kWh.