I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Seguridad Social. (BOE-A-2022-7492)
Resolución de 29 de abril de 2022, de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones, por la que se establece la planificación general de las actividades preventivas de la Seguridad Social a desarrollar por las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social en sus planes de actividades del año 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 109
Sábado 7 de mayo de 2022
Sec. I. Pág. 64166
Las mutuas, en la elaboración de los planes de actividades preventivas a los que se
refiere el apartado quinto de esta resolución, habrán de tener en cuenta las
especificidades existentes en las comunidades autónomas para su consideración en el
marco de los programas de sus respectivos planes individuales.
Séptimo.
Información sobre la ejecución del plan de actividades preventivas.
Durante el primer trimestre del año 2023, las mutuas colaboradoras con la Seguridad
Social deberán facilitar a la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social
información detallada sobre la ejecución del plan, que incluirá información sobre el grado
de ejecución de cada uno de los programas y actividades incluidos en el plan, así como
sobre el coste de ejecución de cada uno de ellos.
Octavo. Extensión del plan al Instituto Nacional de la Seguridad Social y al Instituto
Social de la Marina.
El Instituto Nacional de la Seguridad Social y el Instituto Social de la Marina podrán
interesar que se dispensen los programas y actividades establecidos en el apartado
primero a favor de las empresas y los trabajadores comprendidos en sus respectivos
ámbitos de gestión, a cuyo efecto solicitarán de la Dirección General de Ordenación de
la Seguridad Social la extensión del plan y formalizarán con las mutuas colaboradoras
con la Seguridad Social que correspondan convenios a estos fines, los cuales requerirán
la conformidad previa de la citada Dirección General de Ordenación de la Seguridad
Social.
Noveno.
Facultades de aplicación.
Se autoriza a la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social para
adoptar las medidas e instrucciones que pudieran ser necesarias para la aplicación de
esta resolución.
Décimo.
Entrada en vigor.
La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 29 de abril de 2022.–El Secretario de Estado de la Seguridad Social y
Pensiones, Israel Arroyo Martínez.
ANEXO I
Divisiones
Total accidentes
de trabajo
graves y
mortales en
centros de
trabajo de 1 a 49
trabajadores
43
Actividades de construcción especializada.
416
41
Construcción de edificios.
319
49
Transporte terrestre y por tubería.
230
01
Agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas.
189
cve: BOE-A-2022-7492
Verificable en https://www.boe.es
Divisiones de actividad con mayor número de accidentes de trabajo graves
y mortales en 2021
Núm. 109
Sábado 7 de mayo de 2022
Sec. I. Pág. 64166
Las mutuas, en la elaboración de los planes de actividades preventivas a los que se
refiere el apartado quinto de esta resolución, habrán de tener en cuenta las
especificidades existentes en las comunidades autónomas para su consideración en el
marco de los programas de sus respectivos planes individuales.
Séptimo.
Información sobre la ejecución del plan de actividades preventivas.
Durante el primer trimestre del año 2023, las mutuas colaboradoras con la Seguridad
Social deberán facilitar a la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social
información detallada sobre la ejecución del plan, que incluirá información sobre el grado
de ejecución de cada uno de los programas y actividades incluidos en el plan, así como
sobre el coste de ejecución de cada uno de ellos.
Octavo. Extensión del plan al Instituto Nacional de la Seguridad Social y al Instituto
Social de la Marina.
El Instituto Nacional de la Seguridad Social y el Instituto Social de la Marina podrán
interesar que se dispensen los programas y actividades establecidos en el apartado
primero a favor de las empresas y los trabajadores comprendidos en sus respectivos
ámbitos de gestión, a cuyo efecto solicitarán de la Dirección General de Ordenación de
la Seguridad Social la extensión del plan y formalizarán con las mutuas colaboradoras
con la Seguridad Social que correspondan convenios a estos fines, los cuales requerirán
la conformidad previa de la citada Dirección General de Ordenación de la Seguridad
Social.
Noveno.
Facultades de aplicación.
Se autoriza a la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social para
adoptar las medidas e instrucciones que pudieran ser necesarias para la aplicación de
esta resolución.
Décimo.
Entrada en vigor.
La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 29 de abril de 2022.–El Secretario de Estado de la Seguridad Social y
Pensiones, Israel Arroyo Martínez.
ANEXO I
Divisiones
Total accidentes
de trabajo
graves y
mortales en
centros de
trabajo de 1 a 49
trabajadores
43
Actividades de construcción especializada.
416
41
Construcción de edificios.
319
49
Transporte terrestre y por tubería.
230
01
Agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas.
189
cve: BOE-A-2022-7492
Verificable en https://www.boe.es
Divisiones de actividad con mayor número de accidentes de trabajo graves
y mortales en 2021