III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-7476)
Resolución de 22 de abril de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican las tablas salariales definitivas para el año 2021 del Convenio colectivo nacional para las industrias de pastas alimenticias.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 108
Viernes 6 de mayo de 2022
Sec. III. Pág. 64069
«En el caso de que el IPC real de cada uno de los años de vigencia del convenio
fuese superior al 1%, se establece una clausura de revisión salarial en igual cuantía a la
diferencia entre el IPC real de cada ejercicio y el citado 1% que será llevado a las tablas
salariales pagándose los atrasos correspondientes con carácter retroactivo al 1 de enero
del año de que se trate. Se actualizan pues las tablas definitivas de 2021, con un
incremento total del 6.5%.»
Segundo.
Ambas representaciones, unánimemente, dan su conformidad, y acuerdan que
después de su firma sean remitidas a la Autoridad Laboral para su registro, archivo y
posterior publicación en el «Boletín Oficial».
Tercero.
En el supuesto de que una vez firmadas las tablas se detectase algún error de
cálculo, las partes acuerdan proceder a su subsanación.
Asimismo se acuerda, a los efectos de que sea remitido a la Autoridad Laboral para
su registro, archivo y posterior publicación en el «Boletín Oficial», se autoriza a don
Jesús Ordóñez Gámez, para realizar los trámites de registro de la presente acta y tablas
salariales definitivas para el año 2021 (6,5 %).
Leída la presente acta y hallada conforme por ambas representaciones, en prueba
de conformidad, los asistentes, en la representación que ostentan, firman y ratifican los
presentes acuerdos.
Por FICA-UGT
Por CC.OO.-Industria
Asociación española de pastas
alimenticias
TABLAS PASTAS ALIMENTICIAS
Categoría profesional
Provisionales 2021 Subida 1,00 %
Definitivas 2021 Subida 5,50 %
Salario base
Total anual
Salario base
Total anual
Oficial de 1.ª.
1.467,09
22.006,35
1.547,78
23.216,70
Oficial de 2.ª.
1.296,44
19.446,63
1.367,74
20.516,19
Ayudante.
1.228,10
18.421,43
1.295,65
19.434,61
I. De Producción
–
–
Oficial de 1.ª.
1.467,09
22.006,35
1.547,78
23.216,70
Oficial de 2.ª.
1.296,44
19.446,63
1.367,74
20.516,19
Ayudante.
1.228,10
18.421,43
1.295,65
19.434,61
III. De Oficios Auxiliares
–
–
Mecánicos.
1.467,09
22.006,35
1.547,78
23.216,70
Chófer de 1.ª.
1.467,09
22.006,35
1.547,78
23.216,70
Chófer de 2.ª.
1.296,44
19.446,63
1.367,74
20.516,19
Carpintero.
1.467,09
22.006,35
1.547,78
23.216,70
Repartidor.
1.217,28
18.259,25
1.284,23
19.263,51
Electricista.
1.467,09
22.006,35
1.547,78
23.216,70
cve: BOE-A-2022-7476
Verificable en https://www.boe.es
II. Acabado, Envasado y Empaquetado
Núm. 108
Viernes 6 de mayo de 2022
Sec. III. Pág. 64069
«En el caso de que el IPC real de cada uno de los años de vigencia del convenio
fuese superior al 1%, se establece una clausura de revisión salarial en igual cuantía a la
diferencia entre el IPC real de cada ejercicio y el citado 1% que será llevado a las tablas
salariales pagándose los atrasos correspondientes con carácter retroactivo al 1 de enero
del año de que se trate. Se actualizan pues las tablas definitivas de 2021, con un
incremento total del 6.5%.»
Segundo.
Ambas representaciones, unánimemente, dan su conformidad, y acuerdan que
después de su firma sean remitidas a la Autoridad Laboral para su registro, archivo y
posterior publicación en el «Boletín Oficial».
Tercero.
En el supuesto de que una vez firmadas las tablas se detectase algún error de
cálculo, las partes acuerdan proceder a su subsanación.
Asimismo se acuerda, a los efectos de que sea remitido a la Autoridad Laboral para
su registro, archivo y posterior publicación en el «Boletín Oficial», se autoriza a don
Jesús Ordóñez Gámez, para realizar los trámites de registro de la presente acta y tablas
salariales definitivas para el año 2021 (6,5 %).
Leída la presente acta y hallada conforme por ambas representaciones, en prueba
de conformidad, los asistentes, en la representación que ostentan, firman y ratifican los
presentes acuerdos.
Por FICA-UGT
Por CC.OO.-Industria
Asociación española de pastas
alimenticias
TABLAS PASTAS ALIMENTICIAS
Categoría profesional
Provisionales 2021 Subida 1,00 %
Definitivas 2021 Subida 5,50 %
Salario base
Total anual
Salario base
Total anual
Oficial de 1.ª.
1.467,09
22.006,35
1.547,78
23.216,70
Oficial de 2.ª.
1.296,44
19.446,63
1.367,74
20.516,19
Ayudante.
1.228,10
18.421,43
1.295,65
19.434,61
I. De Producción
–
–
Oficial de 1.ª.
1.467,09
22.006,35
1.547,78
23.216,70
Oficial de 2.ª.
1.296,44
19.446,63
1.367,74
20.516,19
Ayudante.
1.228,10
18.421,43
1.295,65
19.434,61
III. De Oficios Auxiliares
–
–
Mecánicos.
1.467,09
22.006,35
1.547,78
23.216,70
Chófer de 1.ª.
1.467,09
22.006,35
1.547,78
23.216,70
Chófer de 2.ª.
1.296,44
19.446,63
1.367,74
20.516,19
Carpintero.
1.467,09
22.006,35
1.547,78
23.216,70
Repartidor.
1.217,28
18.259,25
1.284,23
19.263,51
Electricista.
1.467,09
22.006,35
1.547,78
23.216,70
cve: BOE-A-2022-7476
Verificable en https://www.boe.es
II. Acabado, Envasado y Empaquetado