III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-7476)
Resolución de 22 de abril de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican las tablas salariales definitivas para el año 2021 del Convenio colectivo nacional para las industrias de pastas alimenticias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 108

Viernes 6 de mayo de 2022

Sec. III. Pág. 64069

«En el caso de que el IPC real de cada uno de los años de vigencia del convenio
fuese superior al 1%, se establece una clausura de revisión salarial en igual cuantía a la
diferencia entre el IPC real de cada ejercicio y el citado 1% que será llevado a las tablas
salariales pagándose los atrasos correspondientes con carácter retroactivo al 1 de enero
del año de que se trate. Se actualizan pues las tablas definitivas de 2021, con un
incremento total del 6.5%.»
Segundo.
Ambas representaciones, unánimemente, dan su conformidad, y acuerdan que
después de su firma sean remitidas a la Autoridad Laboral para su registro, archivo y
posterior publicación en el «Boletín Oficial».
Tercero.
En el supuesto de que una vez firmadas las tablas se detectase algún error de
cálculo, las partes acuerdan proceder a su subsanación.
Asimismo se acuerda, a los efectos de que sea remitido a la Autoridad Laboral para
su registro, archivo y posterior publicación en el «Boletín Oficial», se autoriza a don
Jesús Ordóñez Gámez, para realizar los trámites de registro de la presente acta y tablas
salariales definitivas para el año 2021 (6,5 %).
Leída la presente acta y hallada conforme por ambas representaciones, en prueba
de conformidad, los asistentes, en la representación que ostentan, firman y ratifican los
presentes acuerdos.
Por FICA-UGT

Por CC.OO.-Industria

Asociación española de pastas
alimenticias

TABLAS PASTAS ALIMENTICIAS
Categoría profesional

Provisionales 2021 Subida 1,00 %

Definitivas 2021 Subida 5,50 %

Salario base

Total anual

Salario base

Total anual

Oficial de 1.ª.

1.467,09

22.006,35

1.547,78

23.216,70

Oficial de 2.ª.

1.296,44

19.446,63

1.367,74

20.516,19

Ayudante.

1.228,10

18.421,43

1.295,65

19.434,61

I. De Producción





Oficial de 1.ª.

1.467,09

22.006,35

1.547,78

23.216,70

Oficial de 2.ª.

1.296,44

19.446,63

1.367,74

20.516,19

Ayudante.

1.228,10

18.421,43

1.295,65

19.434,61

III. De Oficios Auxiliares





Mecánicos.

1.467,09

22.006,35

1.547,78

23.216,70

Chófer de 1.ª.

1.467,09

22.006,35

1.547,78

23.216,70

Chófer de 2.ª.

1.296,44

19.446,63

1.367,74

20.516,19

Carpintero.

1.467,09

22.006,35

1.547,78

23.216,70

Repartidor.

1.217,28

18.259,25

1.284,23

19.263,51

Electricista.

1.467,09

22.006,35

1.547,78

23.216,70

cve: BOE-A-2022-7476
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II. Acabado, Envasado y Empaquetado