III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-7476)
Resolución de 22 de abril de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican las tablas salariales definitivas para el año 2021 del Convenio colectivo nacional para las industrias de pastas alimenticias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 108
Viernes 6 de mayo de 2022
Sec. III. Pág. 64068
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
7476
Resolución de 22 de abril de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la
que se registran y publican las tablas salariales definitivas para el año 2021
del Convenio colectivo nacional para las industrias de pastas alimenticias.
Vistas las tablas salariales definitivas para el año 2021 del X Convenio colectivo
nacional para las industrias de pastas alimenticias (código de convenio n.º
99003945011981) que fueron suscritas con fecha 10 de marzo de 2022, de una parte por
la Asociación Española de Fabricantes de Pastas Alimenticias en representación de las
empresas del sector, y de otra por los sindicatos UGT-FICA y CC.OO.–Industria en
representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90,
apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado
por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010,
de 28 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios colectivos, acuerdos colectivos
de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción de las citadas tablas salariales en el correspondiente Registro
de Convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, con
funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación
a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 22 de abril de 2022.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez
Barbero.
En Madrid, siendo las 12 horas del día 10 de marzo de 2022, se reúnen, en las
instalaciones del despacho Oleart Abogados sito en la calle José Abascal, núm. 45.
De una parte, la Asociación Española de Fabricantes de Pastas Alimenticias
representada por don Ricardo Oleart Godia en su condición de letrado y apoderado.
Y de otro lado, por la representación social, don Antonio Muñoz Ramos en
representación de UGT FICA, y en representación de la Federación de Industria de
CC.OO., don Luis Francisco García García.
Comparecen, pues, de una parte la Asociación Española de Fabricantes de Pastas
Alimenticias, y de otra la Federación de Industria, Construcción y Agroalimentación
(UGT-FICA) y la Federación de Industria de CC.OO., en representación de los
trabajadores del sector de Fabricantes de Pastas Alimenticias llegando a los siguientes
acuerdos:
Primero.
Firmar las tablas salariales del Convenio Colectivo Nacional para las Industrias de
Pastas Alimenticias definitivas para el año 2021, en aplicación del artículo 18 del citado
Convenio, en el que se establece:
cve: BOE-A-2022-7476
Verificable en https://www.boe.es
ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL X CONVENIO COLECTIVO
NACIONAL PARA LAS INDUSTRIAS DE PASTA ALIMENTICIAS
Núm. 108
Viernes 6 de mayo de 2022
Sec. III. Pág. 64068
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
7476
Resolución de 22 de abril de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la
que se registran y publican las tablas salariales definitivas para el año 2021
del Convenio colectivo nacional para las industrias de pastas alimenticias.
Vistas las tablas salariales definitivas para el año 2021 del X Convenio colectivo
nacional para las industrias de pastas alimenticias (código de convenio n.º
99003945011981) que fueron suscritas con fecha 10 de marzo de 2022, de una parte por
la Asociación Española de Fabricantes de Pastas Alimenticias en representación de las
empresas del sector, y de otra por los sindicatos UGT-FICA y CC.OO.–Industria en
representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90,
apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado
por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010,
de 28 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios colectivos, acuerdos colectivos
de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción de las citadas tablas salariales en el correspondiente Registro
de Convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, con
funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación
a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 22 de abril de 2022.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez
Barbero.
En Madrid, siendo las 12 horas del día 10 de marzo de 2022, se reúnen, en las
instalaciones del despacho Oleart Abogados sito en la calle José Abascal, núm. 45.
De una parte, la Asociación Española de Fabricantes de Pastas Alimenticias
representada por don Ricardo Oleart Godia en su condición de letrado y apoderado.
Y de otro lado, por la representación social, don Antonio Muñoz Ramos en
representación de UGT FICA, y en representación de la Federación de Industria de
CC.OO., don Luis Francisco García García.
Comparecen, pues, de una parte la Asociación Española de Fabricantes de Pastas
Alimenticias, y de otra la Federación de Industria, Construcción y Agroalimentación
(UGT-FICA) y la Federación de Industria de CC.OO., en representación de los
trabajadores del sector de Fabricantes de Pastas Alimenticias llegando a los siguientes
acuerdos:
Primero.
Firmar las tablas salariales del Convenio Colectivo Nacional para las Industrias de
Pastas Alimenticias definitivas para el año 2021, en aplicación del artículo 18 del citado
Convenio, en el que se establece:
cve: BOE-A-2022-7476
Verificable en https://www.boe.es
ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL X CONVENIO COLECTIVO
NACIONAL PARA LAS INDUSTRIAS DE PASTA ALIMENTICIAS