III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-7475)
Resolución de 22 de abril de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo estatal del sector de desinfección, desinsectación y desratización.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 108
Viernes 6 de mayo de 2022
Sec. III. Pág. 64054
deberá comunicarse a la empresa con una antelación mínima de quince días. La
suspensión de estas diez semanas se podrá ejercitar en régimen de jornada completa o
a tiempo parcial, previo acuerdo entre la empresa y la persona trabajadora afectada, en
los términos que reglamentariamente se determinen.
En los supuestos de adopción internacional, cuando sea necesario el desplazamiento
previo de los progenitores al país de origen del adoptado, el periodo de suspensión
previsto para cada caso en este apartado, podrá iniciarse hasta cuatro semanas antes
de la resolución por la que se constituye la adopción.
Este derecho es individual de la persona trabajadora sin que pueda transferirse su
ejercicio al otro adoptante, guardador con fines de adopción o acogedor.
Cuando los dos adoptantes, guardadores o acogedores que ejerzan este derecho
trabajen para la misma empresa, ésta podrá limitar el disfrute simultáneo de las diez
semanas voluntarias por razones fundadas y objetivas, debidamente motivadas por escrito.
En el supuesto de discapacidad del hijo o hija en el nacimiento, adopción, en
situación de guarda con fines de adopción o de acogimiento, la suspensión del contrato a
que se refiere este apartado tendrá una duración adicional de dos semanas, una para
cada uno de los progenitores. Igual ampliación procederá en el supuesto de nacimiento,
adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento múltiple por cada hijo o hija
distinta del primero.
Los trabajadores se beneficiarán de cualquier mejora en las condiciones de trabajo a
la que hubieran podido tener derecho durante la suspensión del contrato.
Artículo 25.
Conceptos retributivos.
Las retribuciones quedarán estructuradas de la siguiente forma:
25.1
25.2
a)
b)
Salario base.
Complementos salariales.
Complemento personal de antigüedad.
Complemento de calidad o cantidad de trabajo:
– Plus complemento por servicios especiales.
– Plus por limpieza de prendas de trabajo.
– Plus de festivos.
c)
Devengos extrasalariales:
– Dietas:
Media dieta.
Dieta entera.
Pernoctación.
– Kilometraje.
d)
Complementos de vencimiento superior al mes:
Artículo 26.
Retribuciones.
Para los años, 2021, 2022 y 2023 se aplicarán las tablas salariales recogidas en el
artículo 43 del convenio colectivo.
cve: BOE-A-2022-7475
Verificable en https://www.boe.es
– Gratificación extraordinaria de verano.
– Gratificación extraordinaria de Navidad.
Núm. 108
Viernes 6 de mayo de 2022
Sec. III. Pág. 64054
deberá comunicarse a la empresa con una antelación mínima de quince días. La
suspensión de estas diez semanas se podrá ejercitar en régimen de jornada completa o
a tiempo parcial, previo acuerdo entre la empresa y la persona trabajadora afectada, en
los términos que reglamentariamente se determinen.
En los supuestos de adopción internacional, cuando sea necesario el desplazamiento
previo de los progenitores al país de origen del adoptado, el periodo de suspensión
previsto para cada caso en este apartado, podrá iniciarse hasta cuatro semanas antes
de la resolución por la que se constituye la adopción.
Este derecho es individual de la persona trabajadora sin que pueda transferirse su
ejercicio al otro adoptante, guardador con fines de adopción o acogedor.
Cuando los dos adoptantes, guardadores o acogedores que ejerzan este derecho
trabajen para la misma empresa, ésta podrá limitar el disfrute simultáneo de las diez
semanas voluntarias por razones fundadas y objetivas, debidamente motivadas por escrito.
En el supuesto de discapacidad del hijo o hija en el nacimiento, adopción, en
situación de guarda con fines de adopción o de acogimiento, la suspensión del contrato a
que se refiere este apartado tendrá una duración adicional de dos semanas, una para
cada uno de los progenitores. Igual ampliación procederá en el supuesto de nacimiento,
adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento múltiple por cada hijo o hija
distinta del primero.
Los trabajadores se beneficiarán de cualquier mejora en las condiciones de trabajo a
la que hubieran podido tener derecho durante la suspensión del contrato.
Artículo 25.
Conceptos retributivos.
Las retribuciones quedarán estructuradas de la siguiente forma:
25.1
25.2
a)
b)
Salario base.
Complementos salariales.
Complemento personal de antigüedad.
Complemento de calidad o cantidad de trabajo:
– Plus complemento por servicios especiales.
– Plus por limpieza de prendas de trabajo.
– Plus de festivos.
c)
Devengos extrasalariales:
– Dietas:
Media dieta.
Dieta entera.
Pernoctación.
– Kilometraje.
d)
Complementos de vencimiento superior al mes:
Artículo 26.
Retribuciones.
Para los años, 2021, 2022 y 2023 se aplicarán las tablas salariales recogidas en el
artículo 43 del convenio colectivo.
cve: BOE-A-2022-7475
Verificable en https://www.boe.es
– Gratificación extraordinaria de verano.
– Gratificación extraordinaria de Navidad.