III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Pesca marítima. (BOE-A-2022-6533)
Resolución de 12 de abril de 2022, de la Secretaría General de Pesca, por la que se realiza el reparto de la bacaladilla norte (WHB/1X14) en aplicación del artículo 11 de la Orden APA/315/2020, de 1 de abril.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 95

Jueves 21 de abril de 2022

Sec. III. Pág. 55092

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
6533

Resolución de 12 de abril de 2022, de la Secretaría General de Pesca, por la
que se realiza el reparto de la bacaladilla norte (WHB/1X14) en aplicación del
artículo 11 de la Orden APA/315/2020, de 1 de abril.

1. Las necesidades presentes y futuras para atender la obligación de desembarque
y evitar el efecto estrangulamiento sobre el censo de la flota de altura, gran altura y
buques palangreros mayores y menores de 100 toneladas de registro bruto, que operan
dentro de los límites geográficos de la Comisión de Pesca del Atlántico Nordeste. Para
determinar dichas necesidades se han tomado en consideración, tal y como indica la
Orden, las capturas y los descartes de dicho censo entre los años 2013 y 2018. A partir
de estos datos, y teniendo en cuenta el consumo de 2021 (46,65 toneladas) se ha
calculado una cantidad estimada de las necesidades de esta flota para el presente
año 2022, asignándose una cantidad global anual para todo el censo para capturas
accesorias.
2. El uso de las condiciones especiales entre zonas reconocidas en la normativa
europea. El uso de la condición especial del stock de bacaladilla WHB/1X14, en la
zona 8c y 9, sólo se llevará a cabo, cuando la cuota inicial del Reino de España del stock
WHB/8C3411 sea inferior a 27.000 toneladas, cifra de consumo nunca alcanzada por
España para este stock en los últimos diez años (si bien en 2021 el consumo fue casi
equivalente a la cuota adaptada que España tiene en 2022, consumo de 23.188
toneladas) y se utilizará la cantidad correspondiente para alcanzar esta cifra de cuota
disponible para las flotas del caladero nacional, previa notificación a la Comisión. En este
año 2022, la cifra asignada a España por el Reglamento comunitario para el stock
WHB/8C3411 ha sido de 23.202 toneladas, por lo que sí procede la activación de la
aplicación de este apartado del artículo 11 en el reparto de WHB/1X14 en 2022. Así,
3.798 toneladas se repartirán por posibilidades de pesca a todas las flotas
correspondientes, que se añadirán también a la flexibilidad interanual procedente
de 2021, dando un total de cuota adaptada global para todas las flotas del caladero
nacional de más de 30.000 toneladas para el presente 2022, dando margen suficiente
conforme a sus necesidades actuales.

cve: BOE-A-2022-6533
Verificable en https://www.boe.es

El stock bacaladilla norte, WHB/1X14, tiene una amplia distribución en aguas del
Atlántico. Así, según las delimitaciones y Recomendaciones científicas realizadas por el
Consejo Internacional para la Exploración del Mar (CIEM) utilizados para fijar los Totales
Admisibles de Capturas (TAC), las flotas de los distintos Estados Miembros lo pueden
capturar en las Aguas de la Unión y aguas internacionales de las subzonas 1, 2, 3, 4, 5,
6 y 7, las divisiones 8a, 8b, 8d y 8e y las subzonas 12 y 14.
España dispone de buques que faenan en las zonas mencionadas y estos buques
pertenecen a diversos censos interactuando con este stock en el desarrollo de su
actividad, fundamentalmente de forma accesoria debido al carácter multiespecífico de las
pesquerías atlánticas.
La Orden APA/315/2020, de 1 de abril, por la que se establecen criterios de gestión
de las posibilidades de pesca asignadas al Reino de España y se modifican
determinadas órdenes ministeriales que regulan la actividad pesquera de las flotas que
hacen uso de las mismas, establece en su artículo 11 los principios de gestión del stock
de bacaladilla norte (WHB/1X14) con el objetivo de cubrir las prioridades y necesidades
de las distintas flotas.
Según dicho artículo, a la hora de realizar la asignación se tendrá en cuenta un orden
de prioridad consistente en: