III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-6100)
Resolución de 6 de abril de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Administración Digital y la Organización Nacional de Trasplantes, O.A., para la prestación de los servicios asociados a la utilización de la "Gestión integrada de servicios de registro" como aplicación integral de registro.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 13 de abril de 2022

Sec. III. Pág. 51869

resto de organismos usuarios de la aplicación, que en todo caso la aplicación evoluciona
de acuerdo con una única línea de desarrollo que permita su extensión a otros
Organismos o Entidades de la Administración General del Estado.
2. Por otra parte, la documentación electrónica contenida en la aplicación GEISER
correspondiente a los registros de la Organización Nacional de Trasplantes estará
disponible en la aplicación por un periodo máximo de 1 año desde su entrada en el
sistema.
Quinta. Consecuencias aplicables en caso de incumplimiento de las obligaciones y
compromisos asumidos por cada una de las partes.
En el caso de que una de las partes considere que se ha producido incumplimiento
de las obligaciones respectivas establecidas en la cláusula segunda y tercera requerirá
fehacientemente su cumplimiento dentro del plazo de quince días desde la recepción de
requerimiento, con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este
requerimiento será comunicado al responsable de la comisión de seguimiento prevista
en la cláusula novena del presente Convenio.
Si trascurrido dicho plazo persistiera injustificadamente el incumplimiento, la parte
que lo dirigió notificará fehacientemente a la otra parte la concurrencia de la causa de
resolución y se entenderá resuelto el Convenio, sin perjuicio de la liquidación de las
obligaciones económicas y técnicas pendientes que se dirimirán en la citada comisión de
seguimiento.
Sexta. Régimen Económico.
La SGAD asume con cargo a sus propios recursos la obligación de proporcionar
tanto la adaptación del sistema para su implantación, como su mantenimiento, en los
términos recogidos respectivamente en las cláusulas tercera y cuarta.
Por su parte, la Organización Nacional de Trasplantes contribuirá al mantenimiento
anual de la sostenibilidad funcional y técnica del sistema con una contraprestación
económica que se determina en base al uso del servicio. El cálculo de la contribución
económica se realizará conforme a los criterios establecidos en el anexo I del presente
Convenio.
En particular, la Organización Nacional de Trasplantes ha estimado, para el período
de vigencia del Convenio, el uso del sistema en los asientos registrales que se certifican
conforme al modelo señalado en el anexo II, por lo que el alcance de la prestación
económica anual es la cantidad que se corresponda con ese número de asientos, según
lo especificado en el anexo I.
Para el pago de la contraprestación económica citada, la Organización Nacional de
Trasplantes se compromete a satisfacer, por cada anualidad de duración de este
Convenio, el importe correspondiente a la SGAD mediante la realización, dependiendo
del régimen presupuestario aplicable, de un expediente de modificación presupuestaria
con alta en la aplicación presupuestaria que le será indicada por la SGAD, o mediante el
ingreso en Tesoro Público con el impreso modelo 069, o el que le sustituya en su
momento, que le será remitido por la SGAD para que ésta inicie, a posteriori, el
correspondiente expediente de generación de crédito en las aplicaciones
presupuestarias que determine.
Anualmente, con dos meses de antelación respecto a la fecha de finalización del año
natural, la Organización Nacional de Trasplantes comunicará a la SGAD la estimación
para el ejercicio anual siguiente.
No obstante, si al final de cada año de vigencia del Convenio el número de asientos
registrales es superior o inferior al previsto, se procederá a regularizar la contraprestación
económica conforme a los criterios establecidos en el anexo I.

cve: BOE-A-2022-6100
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Núm. 88