III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-6100)
Resolución de 6 de abril de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Administración Digital y la Organización Nacional de Trasplantes, O.A., para la prestación de los servicios asociados a la utilización de la "Gestión integrada de servicios de registro" como aplicación integral de registro.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 88

Miércoles 13 de abril de 2022

Sec. III. Pág. 51868

documentación enviada en los términos que se establecen en la Guía Funcional para las
Oficinas de Registro SIR (http://administracionelectronica.gob.es/ctt/resources/
Soluciones/214/Areadescargas/Guia Funcional para las Oficinas de Registros SIR.pdf).
h) Cumplir y hacer cumplir las medidas de seguridad y confidencialidad y de
protección de datos de carácter personal de acuerdo a la normativa vigente en esta
materia necesarias para proteger debidamente la información proporcionada en la
plataforma (Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales
y garantía de los derechos digitales y en su normativa de desarrollo y Real
Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad
en el ámbito de la Administración Electrónica). Como responsable del tratamiento, la
Organización Nacional de Trasplantes se responsabilizará de informar del tratamiento de
datos personales recogidos mediante GEISER, siendo la SGAD la encargada del
tratamiento.
i) La utilización de GEISER por parte de la entidad no podrá conllevar obligaciones
económicas para los ciudadanos.
3.

Ambas partes se comprometen a:

a) Dedicar los medios humanos y técnicos necesarios para proporcionar la
adecuada respuesta ante las incidencias técnicas de carácter informático en dicha
aplicación, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula cuarta.
b) Mantener la configuración técnica necesaria para el cumplimiento de las
obligaciones contenidas en el presente Convenio.
c) Cumplir las obligaciones que como responsable (o, en su caso, encargado) del
tratamiento de datos personales se establecen en el artículo 28 de la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales.
Cuarta. Mantenimiento de la aplicación informática.
1. En el mantenimiento de esta aplicación informática se distinguen dos tipos de
incidencias técnicas de carácter informático:
1.1 Incidencias correctivas: que serán las relativas a la solución de los posibles
errores, problemas o deficiencias que puedan presentarse durante la utilización de la
aplicación por sus usuarios y que alteren su normal funcionamiento. Serán atendidas
conforme a las siguientes condiciones:

1.2 Incidencias evolutivas: serán aquellas que se produzcan a partir de la
implantación inicial de la aplicación en la Organización Nacional de Trasplantes y, en
concreto, toda petición de modificación o alteración sugerida o solicitada por parte de
este, de naturaleza distinta a las incidencias correctivas establecidas en el apartado
anterior.
Estas incidencias deberán ser analizadas conjuntamente por la unidad designada por
la SGAD y por la unidad designada por la Organización Nacional de Trasplantes, siendo
competencia de la SGAD asegurar, en concordancia con los requisitos y necesidades del

cve: BOE-A-2022-6100
Verificable en https://www.boe.es

a) Corresponderá a la Organización Nacional de Trasplantes dar soporte a la
solución de las mismas, siempre y cuando su causa se encuentre dentro de su propia
red de comunicaciones, equipos, sistemas operativos o navegadores.
b) Corresponderá a la Organización Nacional de Trasplantes atender y dar un
primer nivel de soporte a las incidencias que se produzcan en relación con el uso y
funcionamiento de la aplicación. La SGAD no atenderá directamente a los usuarios de la
Organización Nacional de Trasplantes.
c) Las incidencias fuera del ámbito de actuación de la Organización Nacional de
Trasplantes serán comunicadas por su unidad de informática a la unidad designada por
la SGAD, quien proporcionará el soporte solicitado.