III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Becas. (BOE-A-2022-6074)
Resolución de 31 de marzo de 2022, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se determina la composición y funcionamiento de la Comisión de valoración de la convocatoria de los Programas de Becas MAEC-AECID para residencias en la Real Academia de España en Roma, curso académico 2022-2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 88

Miércoles 13 de abril de 2022

Sec. III. Pág. 51615

Vocales:
– Titular de la Jefatura del Departamento de Cooperación Universitaria y Científica.
– Titular de la Jefatura de Área de Actividades Culturales, Promoción Cultural.
– Titular de la Jefatura Adjunta del Departamento de Cooperación y Promoción
Cultural, Red de Centros Culturales.
– Titular de la Jefatura del Departamento de Cooperación con los Países Andinos y
el Cono Sur.
Secretario: Titular de la Jefatura de Área del Departamento de Cooperación
Universitaria y Científica.
Suplentes:
– Titular de la Jefatura del Departamento de Coordinación de Relaciones Culturales
y Científicas.
– Titular de la Jefatura de Área de Actividades Culturales.
– Titular de la Jefatura Adjunta del Departamento de Cooperación y Promoción
Cultural, Unidad de Cooperación Cultural para el Desarrollo.
– Titular de la Jefatura de Servicio de la Unidad de Apoyo de la Dirección de
Cooperación con América Latina y el Caribe.
En casos de vacante, ausencia, enfermedad, u otra causa legal, el Presidente será
sustituido por el Vicepresidente, y en su defecto, por el miembro del órgano colegiado de
mayor jerarquía, antigüedad y edad, por este orden.
En caso de vacante del Secretario, será sustituido por los vocales en el orden en que
figura en la composición de la Comisión.
El régimen de abstención y recusación es el establecido en los artículos 23 y 24 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Segundo. Órgano instructor.
De acuerdo con la base 4.1 de la convocatoria, el órgano administrativo competente
para la instrucción del procedimiento es la Dirección de Relaciones Culturales y
Científicas, a través del Departamento de Cooperación Universitaria y Científica (en
adelante, DCUC).
El DCUC realizará los trámites de comprobación documental de las solicitudes
establecidos en la base 3 de la convocatoria: Presentación de solicitudes,
documentación y plazos, y en los apartados específicos de documentación incluidos en
los programas de becas que se detallan en los anexos I y II de la convocatoria, y
verificará si las solicitudes cumplen con los requisitos establecidos en la base 2, para,
previo informe emitido por la comisión, realizar la propuesta de inadmisión de aquellas
solicitudes que no cumplan los requisitos, base 4.2.
El DCUC recabará, para su puesta a disposición de la comisión, los informes de los
expertos de las comisiones calificadoras mencionadas en los apartados específicos de
evaluación de los programas de becas citados. Los expertos tratarán de forma
confidencial la información cedida.

De conformidad con la Bases 4.3 de la convocatoria, para la valoración de las
solicitudes admitidas, el órgano instructor recabará el asesoramiento de las comisiones
calificadoras para el curso 2022/23 de cada programa designadas por la AECID a
propuesta del Patronato de la Real Academia de España en Roma (en adelante, el
Patronato), contemplado en el Real Decreto 813/2001, de 13 de julio, por el que se
aprueba el Reglamento de la Real Academia de España en Roma.
Las comisiones calificadoras estarán formadas por expertos en las disciplinas
relacionadas en los anexos I y II de la convocatoria, apartados 2.3. Los expertos serán

cve: BOE-A-2022-6074
Verificable en https://www.boe.es

Tercero. Comisiones calificadoras.