III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-6085)
Resolución de 28 de marzo de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Dürr Systems Spain, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 88

Miércoles 13 de abril de 2022
Artículo 15.

Sec. III. Pág. 51644

Compensación por gastos.

Con carácter general, se mantienen las ayudas de comida y plus de transporte en las
mismas condiciones que se venían percibiendo anteriormente. Por tanto, será
incompatible la ayuda comida con la percepción de dietas devengadas en lugar distinto
al del trabajo habitual.
Con carácter individual, toda persona trabajadora podrá solicitar la incorporación de
sus incidencias de ayuda comedor y transporte en su salario fijo. Para las personas que
así lo soliciten, la empresa incorporará al salario fijo de dichas personas el valor medio
de incidencias comedor y transporte que tuvieran en los años 2018 y 2019.
En estos casos de incorporación de incidencias, las mismas dejarán de computarse y
reflejarse autónomamente en la nómina.
La cantidad incorporada computará, a todos los efectos, como salario fijo ordinario.
Las personas interesadas deben dirigir su petición por escrito al Dpto. de Recursos
Humanos, en el plazo de 6 meses a partir de la publicación oficial de este convenio. La
adhesión a este sistema es definitiva, y no es reversible por ninguna de las partes.
Artículo 16.

Publicación de ofertas de empleo internas.

Siempre que las circunstancias específicas del proceso de selección lo permitan, la
compañía se compromete a publicar internamente las ofertas de empleo abiertas.
Los trabajadores que actualmente se encuentran en plantilla, tendrán preferencia en
la valoración a realizar para optar a un puesto de superior grupo, sobre las personas que
pudieran contratarse externas.
Artículo 17.

Gratificaciones extraordinarias.

Se establecen dos pagas extraordinarias, una de Verano y otra de Navidad, ambas
de 30 días para todas las categorías profesionales, calculándose las mismas sobre el
salario fijo individual más el plus de antigüedad.
No obstante, aquel personal que viniese percibiendo dichas gratificaciones en
cuantía distinta a la establecida en el párrafo anterior, seguirá manteniendo las que
tuviesen, y aplicando a las mismas los aumentos correspondientes, salvo acuerdo entre
las partes en otro sentido.
Se acuerda prorratear las dos gratificaciones extraordinarias en las doce
mensualidades, sin que ello suponga alteración/variación sobre la remuneración bruta
anual de cada empleado.
Artículo 18. Salidas, Dietas y Viajes.

Número de ocupantes

Cuantía de la compensación 2021

1 persona

0,42 € / km

2 personas

0,43 €/ km

3 personas

0,44 €/ km

> de 3 personas

0,46 €/ km

Debe indicarse en las Notas de Gastos los nombres de los ocupantes.

cve: BOE-A-2022-6085
Verificable en https://www.boe.es

a. Gastos de locomoción (Vehículo Propio)
Las cantidades a percibir para compensar los gastos ocasionados con motivo de
viajes fuera de la oficina, para realizar el trabajo en lugar distinto utilizando un vehículo
propio, serán las siguientes, según viaje solo el conductor o uno, dos, tres o más
compañeros, respectivamente.