III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-6091)
Resolución de 1 de abril de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el IV Convenio colectivo de Ilunion Seguridad, SA.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 88
Miércoles 13 de abril de 2022
Grupo Profesional V.
Sec. III. Pág. 51753
Personal de seguridad mecánico-electrónica
Comprende los siguientes niveles funcionales:
a)
b)
d)
e)
f)
g)
h)
Encargado.
Ayudante-encargado.
Oficial de primera seguridad electrónica y Sistemas de Seguridad.
Oficial de segunda seguridad electrónica y Sistemas de Seguridad.
Oficial de tercera seguridad electrónica y Sistemas de Seguridad.
Especialista.
Operador de soporte técnico
Grupo Profesional VI.
Personal de oficios varios
Comprende los siguientes niveles funcionales:
a) Oficial de primera.
b) Oficial de segunda.
c) Ayudante.
d) Peón.
Grupo Profesional VII.
Personal subalterno
Comprende los siguientes niveles funcionales:
a) Conductor.
b) Ordenanza.
c) Jefe de almacén.
a) Director general. Es quien con título adecuado o amplia preparación teóricopráctica, asume la dirección y responsabilidad de la empresa, programando y
controlando el trabajo en todas sus fases.
b) Director comercial. Es quien con título adecuado o amplia preparación teóricopráctica, asume la dirección y responsabilidad de las funciones mercantiles en su más
amplio sentido, y planifica, controla y programa la política comercial de la empresa.
c) Director Financiero. Es quien con título adecuado o con amplia preparación
teórico-práctica, asume la dirección y responsabilidad de las funciones administrativas en
su más amplio sentido, y planifica, programa y controla la administración de la empresa.
d) Director Técnico y/o Operaciones/Relaciones Laborales. Es quien, con la
titulación adecuada o la experiencia idónea, asume la dirección y responsabilidad de un
departamento técnico o de operaciones de la empresa, aplicando sus conocimientos a la
ejecución de actividades precisas para el cumplimiento de los fines del departamento
que dirige
e) Director de Recursos Humanos. Es quien, con la titulación adecuada o la
experiencia idónea, asume la dirección y responsabilidad de las funciones relacionadas
con la gestión de personal.
f) Jefe de Administración de personal. El jefe de Administración de personal será el
responsable de la admisión del personal y de la planificación, programación, control y
administración del personal de la empresa.
g) Jefe de seguridad. Es el jefe superior del que dependen los servicios de
seguridad y el personal operativo de la empresa, y es el responsable de la preparación
profesional de los trabajadores/as a su cargo.
h) Titulado de Grado (y antiguo Titulado Medio). Es aquel empleado que, para el
ejercicio de sus funciones, aplica los conocimientos adquiridos a través de su título de
Grado.
cve: BOE-A-2022-6091
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 29. Grupo Profesional I. Personal directivo, titulado y técnico.
Núm. 88
Miércoles 13 de abril de 2022
Grupo Profesional V.
Sec. III. Pág. 51753
Personal de seguridad mecánico-electrónica
Comprende los siguientes niveles funcionales:
a)
b)
d)
e)
f)
g)
h)
Encargado.
Ayudante-encargado.
Oficial de primera seguridad electrónica y Sistemas de Seguridad.
Oficial de segunda seguridad electrónica y Sistemas de Seguridad.
Oficial de tercera seguridad electrónica y Sistemas de Seguridad.
Especialista.
Operador de soporte técnico
Grupo Profesional VI.
Personal de oficios varios
Comprende los siguientes niveles funcionales:
a) Oficial de primera.
b) Oficial de segunda.
c) Ayudante.
d) Peón.
Grupo Profesional VII.
Personal subalterno
Comprende los siguientes niveles funcionales:
a) Conductor.
b) Ordenanza.
c) Jefe de almacén.
a) Director general. Es quien con título adecuado o amplia preparación teóricopráctica, asume la dirección y responsabilidad de la empresa, programando y
controlando el trabajo en todas sus fases.
b) Director comercial. Es quien con título adecuado o amplia preparación teóricopráctica, asume la dirección y responsabilidad de las funciones mercantiles en su más
amplio sentido, y planifica, controla y programa la política comercial de la empresa.
c) Director Financiero. Es quien con título adecuado o con amplia preparación
teórico-práctica, asume la dirección y responsabilidad de las funciones administrativas en
su más amplio sentido, y planifica, programa y controla la administración de la empresa.
d) Director Técnico y/o Operaciones/Relaciones Laborales. Es quien, con la
titulación adecuada o la experiencia idónea, asume la dirección y responsabilidad de un
departamento técnico o de operaciones de la empresa, aplicando sus conocimientos a la
ejecución de actividades precisas para el cumplimiento de los fines del departamento
que dirige
e) Director de Recursos Humanos. Es quien, con la titulación adecuada o la
experiencia idónea, asume la dirección y responsabilidad de las funciones relacionadas
con la gestión de personal.
f) Jefe de Administración de personal. El jefe de Administración de personal será el
responsable de la admisión del personal y de la planificación, programación, control y
administración del personal de la empresa.
g) Jefe de seguridad. Es el jefe superior del que dependen los servicios de
seguridad y el personal operativo de la empresa, y es el responsable de la preparación
profesional de los trabajadores/as a su cargo.
h) Titulado de Grado (y antiguo Titulado Medio). Es aquel empleado que, para el
ejercicio de sus funciones, aplica los conocimientos adquiridos a través de su título de
Grado.
cve: BOE-A-2022-6091
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 29. Grupo Profesional I. Personal directivo, titulado y técnico.