III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-6090)
Resolución de 1 de abril de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el II Convenio colectivo de Lodisna, SLU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 88
Miércoles 13 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 51721
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
6090
Resolución de 1 de abril de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la
que se registra y publica el II Convenio colectivo de Lodisna, SLU.
Visto el texto del II Convenio colectivo de la empresa Lodisna, SLU (Código de
convenio n.º: 90100992012012), que fue suscrito, con fecha 30 de noviembre de 2021,
de una parte por los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la
misma, y de otra por los Delegados de personal, en representación de los trabajadores
afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, de la Ley
del Estatuto de los Trabajadores, Texto refundido aprobado por el Real Decreto
Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real
Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos,
acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado Convenio colectivo en el correspondiente Registro
de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con
funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación
a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 1 de abril de 2022.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez Barbero.
II CONVENIO COLECTIVO DE LODISNA, SLU
La Comisión negociadora del I Convenio Colectivo de Lodisna, S.L.U. (en adelante la
empresa o LODISNA) y, en particular, las partes firmantes del mismo, han pretendido con
la regulación de la presente disposición convencional, estructurar y establecer la
regulación de las nuevas condiciones laborales aplicables dentro de la empresa,
teniendo en cuenta todas las modificaciones que a lo largo de los años han devenido en
el marco actual del transporte de mercancías por carretera que está totalmente
liberalizado dentro de la UE.
Asimismo, desde la constitución de la empresa, han sido múltiples las modificaciones
estructurales y organizativas que la misma ha tenido, por lo que se ha hecho
indispensable el acuerdo de un nuevo convenio colectivo que se adapte a la realidad de
la empresa y del sector del transporte, con el único objetivo de alcanzar unas
condiciones que no sólo garanticen los derechos de todos los empleados, sino la
continuidad de la empresa y su posibilidad de adaptarse a los nuevos retos que dentro
del sector están por venir.
Ante esta situación, reunidos los representantes de los trabajadores de los tres
centros actuales de trabajo de Imarcoain, Teruel y Soria junto con la Dirección General
de la empresa, han decidido libre y de común acuerdo que las relaciones entre la
cve: BOE-A-2022-6090
Verificable en https://www.boe.es
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Núm. 88
Miércoles 13 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 51721
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
6090
Resolución de 1 de abril de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la
que se registra y publica el II Convenio colectivo de Lodisna, SLU.
Visto el texto del II Convenio colectivo de la empresa Lodisna, SLU (Código de
convenio n.º: 90100992012012), que fue suscrito, con fecha 30 de noviembre de 2021,
de una parte por los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la
misma, y de otra por los Delegados de personal, en representación de los trabajadores
afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, de la Ley
del Estatuto de los Trabajadores, Texto refundido aprobado por el Real Decreto
Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real
Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos,
acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado Convenio colectivo en el correspondiente Registro
de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con
funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación
a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 1 de abril de 2022.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez Barbero.
II CONVENIO COLECTIVO DE LODISNA, SLU
La Comisión negociadora del I Convenio Colectivo de Lodisna, S.L.U. (en adelante la
empresa o LODISNA) y, en particular, las partes firmantes del mismo, han pretendido con
la regulación de la presente disposición convencional, estructurar y establecer la
regulación de las nuevas condiciones laborales aplicables dentro de la empresa,
teniendo en cuenta todas las modificaciones que a lo largo de los años han devenido en
el marco actual del transporte de mercancías por carretera que está totalmente
liberalizado dentro de la UE.
Asimismo, desde la constitución de la empresa, han sido múltiples las modificaciones
estructurales y organizativas que la misma ha tenido, por lo que se ha hecho
indispensable el acuerdo de un nuevo convenio colectivo que se adapte a la realidad de
la empresa y del sector del transporte, con el único objetivo de alcanzar unas
condiciones que no sólo garanticen los derechos de todos los empleados, sino la
continuidad de la empresa y su posibilidad de adaptarse a los nuevos retos que dentro
del sector están por venir.
Ante esta situación, reunidos los representantes de los trabajadores de los tres
centros actuales de trabajo de Imarcoain, Teruel y Soria junto con la Dirección General
de la empresa, han decidido libre y de común acuerdo que las relaciones entre la
cve: BOE-A-2022-6090
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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS