I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2022-6045)
Real Decreto 267/2022, de 12 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 13 de abril de 2022
Sec. I. Pág. 51417
d) La preparación de las reuniones del Consejo de Asuntos Generales de la Unión
Europea.
e) La coordinación de las políticas relativas al Espacio de Libertad, Seguridad y
Justicia en el ámbito de la Unión Europea y el seguimiento de los Grupos y Comités de
Evaluación Schengen de la Unión, así como la coordinación de las evaluaciones
efectuadas a España en este ámbito.
f) El seguimiento y la coordinación de las cuestiones institucionales de la Unión
Europea y, en particular, de las reformas de la Unión Europea, las relaciones con las
instituciones europeas y la participación de las comunidades autónomas en los asuntos
europeos, sin perjuicio en este último caso de las competencias atribuidas en las
disposiciones vigentes al Ministerio de Política Territorial.
g) La coordinación de la posición española en materia de política de ampliación y,
en su caso, de retirada de Estados miembros de la Unión Europea.
h) La promoción y defensa de la lengua española en las instituciones de la Unión
Europea.
i) La promoción de la presencia de personas de nacionalidad española en las
instituciones europeas, sobre la base del principio de presencia equilibrada de mujeres y
hombres.
2. La Dirección General de Integración y Coordinación de Asuntos Generales de la
Unión Europea se estructura en los siguientes órganos directivos, con nivel orgánico de
subdirección general:
a) La Subdirección General de Asuntos Institucionales, a la que corresponde el
ejercicio de las funciones enumeradas en las letras f), g), h) e i) del apartado anterior.
Además, esta Subdirección General prestará, en estrecha colaboración con la persona
titular de la Dirección General, labores de coordinación del resto de unidades de la
Dirección General.
b) La Subdirección General de Relaciones Exteriores y Asuntos Comerciales, a la
que corresponde el ejercicio de las funciones enumeradas en las letras a), b) y c) del
apartado anterior respecto de las relaciones exteriores de la Unión Europea, y sin
perjuicio de las competencias atribuidas a la Dirección General de Política Exterior y de
Seguridad y a la Dirección General de Políticas de Desarrollo Sostenible, así como en lo
que respecta a la letra f) las cuestiones relativas a las regiones ultra-periféricas y la
cooperación transfronteriza.
c) La Subdirección General de Asuntos Económicos y Financieros, a la que
corresponde el ejercicio de las funciones enumeradas en la letra a) del apartado anterior
en materia económica y financiera, sin perjuicio de las competencias del Ministerio de
Asuntos Económicos y Transformación Digital y del Ministerio de Hacienda y Función
Pública en los comités que preparan directamente el Consejo de Ministros de Economía
y Finanzas de la Unión Europea.
d) La Subdirección General de Asuntos de Justicia e Interior, a la que corresponde
el ejercicio de las funciones enumeradas en las letras a) y e) del apartado anterior en
materia de cooperación policial, cooperación judicial, asilo, inmigración y fronteras,
terrorismo y drogas.
Artículo 11. Dirección General de Coordinación del Mercado Interior y otras Políticas
Comunitarias.
1. Corresponde a la Dirección General de Coordinación del Mercado Interior y otras
Políticas Comunitarias, dependiente de la Secretaría General para la Unión Europea, el
ejercicio de las siguientes funciones:
a) El seguimiento de las actuaciones de la Unión Europea en sus diversas políticas,
en el ámbito de sus competencias, el seguimiento y la coordinación de las actuaciones
cve: BOE-A-2022-6045
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 88
Miércoles 13 de abril de 2022
Sec. I. Pág. 51417
d) La preparación de las reuniones del Consejo de Asuntos Generales de la Unión
Europea.
e) La coordinación de las políticas relativas al Espacio de Libertad, Seguridad y
Justicia en el ámbito de la Unión Europea y el seguimiento de los Grupos y Comités de
Evaluación Schengen de la Unión, así como la coordinación de las evaluaciones
efectuadas a España en este ámbito.
f) El seguimiento y la coordinación de las cuestiones institucionales de la Unión
Europea y, en particular, de las reformas de la Unión Europea, las relaciones con las
instituciones europeas y la participación de las comunidades autónomas en los asuntos
europeos, sin perjuicio en este último caso de las competencias atribuidas en las
disposiciones vigentes al Ministerio de Política Territorial.
g) La coordinación de la posición española en materia de política de ampliación y,
en su caso, de retirada de Estados miembros de la Unión Europea.
h) La promoción y defensa de la lengua española en las instituciones de la Unión
Europea.
i) La promoción de la presencia de personas de nacionalidad española en las
instituciones europeas, sobre la base del principio de presencia equilibrada de mujeres y
hombres.
2. La Dirección General de Integración y Coordinación de Asuntos Generales de la
Unión Europea se estructura en los siguientes órganos directivos, con nivel orgánico de
subdirección general:
a) La Subdirección General de Asuntos Institucionales, a la que corresponde el
ejercicio de las funciones enumeradas en las letras f), g), h) e i) del apartado anterior.
Además, esta Subdirección General prestará, en estrecha colaboración con la persona
titular de la Dirección General, labores de coordinación del resto de unidades de la
Dirección General.
b) La Subdirección General de Relaciones Exteriores y Asuntos Comerciales, a la
que corresponde el ejercicio de las funciones enumeradas en las letras a), b) y c) del
apartado anterior respecto de las relaciones exteriores de la Unión Europea, y sin
perjuicio de las competencias atribuidas a la Dirección General de Política Exterior y de
Seguridad y a la Dirección General de Políticas de Desarrollo Sostenible, así como en lo
que respecta a la letra f) las cuestiones relativas a las regiones ultra-periféricas y la
cooperación transfronteriza.
c) La Subdirección General de Asuntos Económicos y Financieros, a la que
corresponde el ejercicio de las funciones enumeradas en la letra a) del apartado anterior
en materia económica y financiera, sin perjuicio de las competencias del Ministerio de
Asuntos Económicos y Transformación Digital y del Ministerio de Hacienda y Función
Pública en los comités que preparan directamente el Consejo de Ministros de Economía
y Finanzas de la Unión Europea.
d) La Subdirección General de Asuntos de Justicia e Interior, a la que corresponde
el ejercicio de las funciones enumeradas en las letras a) y e) del apartado anterior en
materia de cooperación policial, cooperación judicial, asilo, inmigración y fronteras,
terrorismo y drogas.
Artículo 11. Dirección General de Coordinación del Mercado Interior y otras Políticas
Comunitarias.
1. Corresponde a la Dirección General de Coordinación del Mercado Interior y otras
Políticas Comunitarias, dependiente de la Secretaría General para la Unión Europea, el
ejercicio de las siguientes funciones:
a) El seguimiento de las actuaciones de la Unión Europea en sus diversas políticas,
en el ámbito de sus competencias, el seguimiento y la coordinación de las actuaciones
cve: BOE-A-2022-6045
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Núm. 88