I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Medio marino. (BOE-A-2022-6050)
Real Decreto 218/2022, de 29 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 79/2019, de 22 de febrero, por el que se regula el informe de compatibilidad y se establecen los criterios de compatibilidad con las estrategias marinas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 88

Miércoles 13 de abril de 2022

Sec. I. Pág. 51530

Esta norma ha sido sometida a los tramites de audiencia e información pública que
establecen la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, y la Ley 27/2006, de 18
de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación
pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente, con la participación de
organismos y entidades representativas de intereses afectados. Se ha consultado a las
comunidades autónomas afectadas y al Consejo Asesor de Medio Ambiente. Asimismo,
se ha emitido informe por el Ministerio de Política Territorial y Función Pública conforme a
lo previsto en el artículo 26.5, párrafo sexto de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, y por
el Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, según
prevé el artículo 26.9 de la citada ley.
Este real decreto se dicta al amparo del artículo 149.1.23.ª de la Constitución
Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de legislación
básica sobre protección del medio ambiente. La habilitación para llevar a cabo este
desarrollo reglamentario está contenida en el artículo 3.3 de la Ley 41/2010, de 29 de
diciembre.
En su virtud, a propuesta de la Vicepresidenta Tercera del Gobierno y Ministra para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico, con la aprobación previa del Ministro de
Política Territorial y Función Pública, de acuerdo con el Consejo de Estado, y previa
deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 29 de marzo de 2022,
DISPONGO:
Artículo único. Modificación del Real Decreto 79/2019, de 22 de febrero, por el que se
regula el informe de compatibilidad y se establecen los criterios de compatibilidad
con las estrategias marinas.
El Real Decreto 79/2019, de 22 de febrero, por el que se regula el informe de
compatibilidad y se establecen los criterios de compatibilidad con las estrategias marinas
queda modificado como sigue:
Uno.

El segundo párrafo del apartado 1 del artículo 5 se sustituye por el siguiente:

«Podrán presentarse en el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico o en cualquiera de los lugares y registros previstos en el artículo 16.4
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. Si el solicitante se encuentra en alguno de los
supuestos del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, estará obligado a
presentar la solicitud por medios electrónicos. Las citadas modalidades de
presentación de documentos serán igualmente aplicables a la presentación de
declaraciones responsables, en su caso.»

«5. El informe de compatibilidad será sustituido por una declaración
responsable debidamente cumplimentada y firmada, que se dirigirá a la Capitanía
Marítima correspondiente, la cual dará cuenta al Servicio Provincial de Costas en
su capacidad de verificar el cumplimiento de lo declarado, en los siguientes
supuestos:
a) Actividad económica de colocación de urnas funerarias o cenizas
funerarias en el mar.
b) Instalación de balizamientos para señalización mediante boyas del circuito
o recorrido de pruebas náuticas o deportivas en el mar, eventos y actividades de
interés general con repercusión turística de duración no superior a un día.

cve: BOE-A-2022-6050
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Dos. Se añaden dos nuevos apartados 5 y 6 al artículo 7, con la siguiente
redacción: