III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Delegación de competencias. (BOE-A-2022-6101)
Orden PCM/318/2022, de 11 de abril, sobre delegación de competencias y sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 88

Miércoles 13 de abril de 2022
2.

Sec. III. Pág. 51876

En la persona titular de la Dirección General de Servicios:

a) La proposición y ejecución de los planes de ordenación de los recursos humanos
que afecten al Ministerio o a sus organismos públicos vinculados.
b) La convocatoria y resolución de los concursos de traslados de personal laboral.
c) La propuesta de aprobación o modificación de las relaciones de puestos de
trabajo del Departamento y de sus organismos públicos adscritos, así como la
modificación de las mismas en los casos en que expresamente lo autorice el Ministerio
de Hacienda y Función Pública.
d) La formalización de los contratos de personal laboral de alta dirección.
e) La designación de la representación del Ministerio en los órganos colegiados o
grupos de trabajo, en materia de personal, en los que no esté previamente determinado
el titular del órgano superior o directivo que deba representar al Ministerio y cuando
dichos representantes correspondan a los servicios del Departamento.
f) El reconocimiento del complemento de destino establecido en el artículo 33 de la
Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991.
g) El reconocimiento del complemento de productividad y de otros incentivos al
rendimiento legalmente previstos en el ámbito del Departamento, a propuesta de los
titulares de los centros directivos.
h) Redistribuir y reasignar efectivos y puestos de trabajo, adscribir provisionalmente
conforme a los artículos 59, 60, 61, 63, 65 y 66 del Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio
de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y
Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del
Estado, así como acordar el fin de dichas situaciones.
i) Cualesquiera otras competencias atribuidas a la persona titular del Ministerio
referidas al personal del Departamento y de los organismos públicos adscritos que no
hayan sido delegadas en otros órganos.
3. Se delegan en la persona titular de la Subdirección General de Recursos
Humanos:
a) La gestión derivada de la aplicación de los criterios previamente establecidos
para la evaluación del desempeño del personal en el ámbito del Departamento.
b) La aprobación de los expedientes de gasto, la autorización de su compromiso,
así como el reconocimiento y la propuesta de pago de las obligaciones económicas
correspondientes a los anticipos reintegrables, a las aportaciones del promotor del plan
de pensiones de la Administración General del Estado y a las retribuciones del personal
del departamento.
c) Las competencias en materia de concesión de anticipos de retribuciones al
personal.

a) La gestión derivada de la aplicación de los criterios de evaluación del
desempeño del personal, previamente establecidos, y el consecuente reparto del
complemento de productividad y otros incentivos al rendimiento.
b) En el caso del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, el
otorgamiento de premios y recompensas al personal del organismo.
c) En el caso del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, la imposición
de sanciones por la comisión de faltas graves y muy graves en el ejercicio de las
potestades disciplinarias, excepto la separación del servicio, respecto del personal del
organismo.

cve: BOE-A-2022-6101
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4. Se delegan en la Presidencia del Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS),
en la Dirección del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (CEPC) y en la
Gerencia del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional (CAPN), las siguientes
competencias de la persona titular del Departamento, en lo que se refiere a su personal
funcionario y laboral, según proceda: