III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2022-3986)
Resolución de 8 de marzo de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Burgos, para el desarrollo de prácticas académicas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 62

Lunes 14 de marzo de 2022

Sec. III. Pág. 30648

fundamentales, en particular la libertad y seguridad personales, en los términos
establecidos en la Constitución Española y en las leyes que los desarrollen; el mando
superior y la dirección y coordinación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado;
las competencias que le encomienda la legislación sobre seguridad privada; las que le
atribuye la legislación en materia de extranjería; el régimen de protección internacional
de refugiados, el régimen de apátridas y la protección a desplazados; la administración y
régimen de las instituciones penitenciarias; la realización de las actuaciones necesarias
para el desarrollo de los procesos electorales; el ejercicio de las competencias sobre
protección civil; y las atribuidas en materia de tráfico, seguridad vial y movilidad
sostenible.
Finalmente, el artículo 149.1.30.ª de la Constitución reserva al Estado la competencia
sobre regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de títulos
académicos y profesionales, normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la
Constitución, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes
públicos en esta materia.
Segundo.
Que el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Castilla y León,
aprobado por la Ley Orgánica 14/2007, de 30 de noviembre, de Reforma del Estatuto de
Autonomía de Castilla y León, cuyo artículo 73.3 establece lo siguiente: «3. En materia
de enseñanza universitaria, sin perjuicio de la autonomía de las Universidades, es
competencia exclusiva de la Comunidad de Castilla y León en todo caso la programación
y coordinación del sistema universitario de Castilla y León; la creación de Universidades
públicas y autorización de las privadas; la aprobación de los estatutos de las
Universidades públicas y de las normas de organización y funcionamiento de las
privadas; la coordinación de los procedimientos de acceso a las Universidades y
regulación de los planes de estudio; el marco jurídico de los títulos propios de las
Universidades; la financiación de las Universidades; la regulación y gestión del sistema
propio de becas y ayudas al estudio; el régimen retributivo del personal docente e
investigador contratado en las Universidades públicas y el establecimiento de
retribuciones complementarias del personal docente e investigador funcionario
Por su parte, la Universidad de Burgos goza de autonomía, de acuerdo con el
artículo 27.10 de la Constitución y la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de
Universidades. El artículo 2.2.j) de esta última norma establece que dicha autonomía
comprende, entre otros aspectos «el establecimiento de relaciones con otras entidades
para la promoción y desarrollo de sus fines institucionales».
Tercero.

Cuarto.
Que el presente convenio se rige por lo dispuesto en el Real Decreto 592/2014,
de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los
estudiantes universitarios y otras normas complementarias que puedan resultar de
aplicación.
De acuerdo con lo anterior, las partes manifiestan su voluntad de formalizar el
presente convenio, con arreglo a las siguientes

cve: BOE-A-2022-3986
Verificable en https://www.boe.es

Que ambas partes consideran aconsejable promover la cooperación en el desarrollo
de un programa de prácticas académicas externas para que los estudiantes de la
Universidad puedan realizar prácticas curriculares y extracurriculares, no remuneradas,
en el Ministerio del Interior que les permitan a los mismos aplicar y complementar los
conocimientos adquiridos en su formación académica, favoreciendo la adquisición de
competencias que les preparen para el ejercicio de actividades profesionales, faciliten su
empleabilidad y fomenten su capacidad de emprendimiento.