III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2022-3986)
Resolución de 8 de marzo de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Burgos, para el desarrollo de prácticas académicas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 62

Lunes 14 de marzo de 2022

Sec. III. Pág. 30647

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DEL INTERIOR
3986

Resolución de 8 de marzo de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio con la Universidad de Burgos, para el desarrollo
de prácticas académicas externas.

Habiéndose suscrito el 2 de marzo de 2022 el Convenio entre el Ministerio del
Interior y la Universidad de Burgos para el desarrollo de prácticas académicas externas
de sus estudiantes, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho
Convenio que figura como anexo a esta Resolución,
Madrid, 8 de marzo de 2022.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio
Puigserver Martínez.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio del Interior y la Universidad de Burgos para el
desarrollo de prácticas académicas externas de sus estudiantes
Madrid, a 2 de marzo de 2022.
REUNIDOS
De una parte, don Fernando Grande-Marlaska Gómez, Ministro del Interior,
nombrado por Real Decreto 8/2020, de 12 de enero, por el que se nombran Ministros del
Gobierno, al amparo de lo previsto en el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, y con domicilio a los efectos del presente
convenio en la calle Amador de los Ríos, 2, 28071 de Madrid.
Y de otra parte, don Gonzalo Salazar Mardones, Vicerrector de Relaciones con la
Empresa y Resiliencia, en representación de la Universidad de Burgos, actuando por
delegación del Rector, según dispone el artículo octavo de la Resolución de 27 de enero
de 2021 del Rectorado de la Universidad de Burgos, por la que se delegan competencias
del Rector en diversos órganos de gobierno unipersonales de esta Universidad.
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el
presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN

Por un lado, el artículo 149.1.29.ª de la Constitución Española establece que el
Estado tiene competencia exclusiva sobre la materia de seguridad pública.
Por su parte, el artículo 1.1 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad, establece que la seguridad pública es competencia exclusiva del
Estado, correspondiendo su mantenimiento al Gobierno de la Nación y, en concreto, al
Ministerio del Interior.
Por otro lado, este Departamento ministerial, según el artículo 1.1 del Real
Decreto 952/2018, de 27 de julio, por el que se desarrolla su estructura orgánica básica
le corresponde la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de
seguridad ciudadana; la promoción de las condiciones para el ejercicio de los derechos

cve: BOE-A-2022-3986
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Primero.