III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Comunidad Autónoma de Aragón. Convenio. (BOE-A-2022-4005)
Resolución de 3 de marzo de 2022, de la Dirección General del Libro y Fomento de la Lectura, por la que se publica el Convenio con el Gobierno de Aragón, para regular el suministro y uso de metadatos y miniaturas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 62
Lunes 14 de marzo de 2022
Sec. III. Pág. 30794
2. Salvo en las situaciones descritas en el apartado 3 de la presente cláusula, el
Ministerio de Cultura y Deporte y Europeana no almacenarán copias de los objetos
digitales.
3. El Ministerio de Cultura y Deporte y Europeana tienen derecho a utilizar los
objetos digitales a los que se hace referencia en los metadatos proporcionados por el
socio de datos, de acuerdo con las condiciones establecidas en la declaración de
derechos contenida en los metadatos asociados a los objetos digitales.
Séptima. Responsabilidad y subsanaciones.
1. El socio de datos debe poner la debida diligencia para garantizar que el
cumplimiento de las cláusulas cuarta y quinta por parte del Ministerio de Cultura y
Deporte y Europeana no constituye un acto ilegal hacia un tercero, incluido, entre otros:
a) violación de los derechos de propiedad intelectual de un tercero;
b) infracción de derechos derivados de la personalidad, privacidad, publicidad u
otros derechos; o
c) infracción del orden público o de la moral pública.
(i) En caso de que el Ministerio de Cultura y Deporte o Europeana consideren la
notificación carente de fundamento, informarán a la parte notificante como corresponda.
(ii) En caso de que el Ministerio de Cultura y Deporte o Europeana consideren la
notificación fácilmente subsanable llevarán a cabo las acciones necesarias para dar fin a la
situación ilegal. El Ministerio de Cultura y Deporte o Europeana informarán sobre su
decisión y sobre las medidas adoptadas tanto a la parte notificante como al socio de datos.
(iii) En caso de que el Ministerio de Cultura y Deporte o Europeana consideren la
notificación objeto de debate, informarán sobre su decisión a la parte notificante y permitirán
al socio de datos expresar su parecer sobre el dictamen emitido en el plazo de cinco (5)
días laborables contados desde la fecha en la que el Ministerio de Cultura y Deporte o
Europeana hayan enviado el dictamen al socio de datos. A partir de la recepción del parecer
del socio de datos, el Ministerio de Cultura y Deporte o Europeana decidirán en el plazo de
cinco (5) días laborables si es necesario adoptar alguna medida para poner fin a la situación
ilegal. El Ministerio de Cultura y Deporte o Europeana podrán requerir a la parte notificante
y, con posterioridad, al socio de datos más opiniones.
Octava.
Modificación, extinción y resolución del convenio.
1. El convenio solo podrá modificarse por mutuo acuerdo entre las partes. Toda
modificación del convenio deberá formalizarse mediante adenda, conforme a los
requisitos legalmente establecidos y previa autorización prevista en el artículo 50 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre. Cualquier modificación propuesta por el Ministerio de
Cultura y Deporte o, a través de este, por Europeana, debe notificarse por escrito al
cve: BOE-A-2022-4005
Verificable en https://www.boe.es
2. En caso de que el cumplimiento por parte del Ministerio de Cultura y Deporte y
de Europeana de las cláusulas cuarta y quinta constituya una acción ilegal hacia un
tercero, el Ministerio de Cultura y Deporte y, a través de este, Europeana ayudarán al
socio de datos a limitar las consecuencias negativas de dicha acción ilegal sin aceptar,
no obstante, ninguna responsabilidad. Para llevar a cabo esta obligación, el Ministerio de
Cultura y Deporte y Europeana utilizarán el procedimiento de notificación y retirada del
párrafo 3 de esta cláusula.
3. En el caso de que un socio de datos o un tercero notifique al Ministerio de
Cultura y Deporte o a Europeana que el cumplimiento por parte del Ministerio de Cultura
y Deporte o de Europeana de las cláusulas cuarta y quinta constituye un acto ilegal, el
Ministerio de Cultura y Deporte o Europeana decidirán en el plazo de cinco (5) días
laborables si consideran que la notificación (i) carece de fundamento, (ii) es fácilmente
subsanable o (iii) es objeto de debate, y el Ministerio de Cultura y Deporte o Europeana
llevarán a cabo lo siguiente:
Núm. 62
Lunes 14 de marzo de 2022
Sec. III. Pág. 30794
2. Salvo en las situaciones descritas en el apartado 3 de la presente cláusula, el
Ministerio de Cultura y Deporte y Europeana no almacenarán copias de los objetos
digitales.
3. El Ministerio de Cultura y Deporte y Europeana tienen derecho a utilizar los
objetos digitales a los que se hace referencia en los metadatos proporcionados por el
socio de datos, de acuerdo con las condiciones establecidas en la declaración de
derechos contenida en los metadatos asociados a los objetos digitales.
Séptima. Responsabilidad y subsanaciones.
1. El socio de datos debe poner la debida diligencia para garantizar que el
cumplimiento de las cláusulas cuarta y quinta por parte del Ministerio de Cultura y
Deporte y Europeana no constituye un acto ilegal hacia un tercero, incluido, entre otros:
a) violación de los derechos de propiedad intelectual de un tercero;
b) infracción de derechos derivados de la personalidad, privacidad, publicidad u
otros derechos; o
c) infracción del orden público o de la moral pública.
(i) En caso de que el Ministerio de Cultura y Deporte o Europeana consideren la
notificación carente de fundamento, informarán a la parte notificante como corresponda.
(ii) En caso de que el Ministerio de Cultura y Deporte o Europeana consideren la
notificación fácilmente subsanable llevarán a cabo las acciones necesarias para dar fin a la
situación ilegal. El Ministerio de Cultura y Deporte o Europeana informarán sobre su
decisión y sobre las medidas adoptadas tanto a la parte notificante como al socio de datos.
(iii) En caso de que el Ministerio de Cultura y Deporte o Europeana consideren la
notificación objeto de debate, informarán sobre su decisión a la parte notificante y permitirán
al socio de datos expresar su parecer sobre el dictamen emitido en el plazo de cinco (5)
días laborables contados desde la fecha en la que el Ministerio de Cultura y Deporte o
Europeana hayan enviado el dictamen al socio de datos. A partir de la recepción del parecer
del socio de datos, el Ministerio de Cultura y Deporte o Europeana decidirán en el plazo de
cinco (5) días laborables si es necesario adoptar alguna medida para poner fin a la situación
ilegal. El Ministerio de Cultura y Deporte o Europeana podrán requerir a la parte notificante
y, con posterioridad, al socio de datos más opiniones.
Octava.
Modificación, extinción y resolución del convenio.
1. El convenio solo podrá modificarse por mutuo acuerdo entre las partes. Toda
modificación del convenio deberá formalizarse mediante adenda, conforme a los
requisitos legalmente establecidos y previa autorización prevista en el artículo 50 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre. Cualquier modificación propuesta por el Ministerio de
Cultura y Deporte o, a través de este, por Europeana, debe notificarse por escrito al
cve: BOE-A-2022-4005
Verificable en https://www.boe.es
2. En caso de que el cumplimiento por parte del Ministerio de Cultura y Deporte y
de Europeana de las cláusulas cuarta y quinta constituya una acción ilegal hacia un
tercero, el Ministerio de Cultura y Deporte y, a través de este, Europeana ayudarán al
socio de datos a limitar las consecuencias negativas de dicha acción ilegal sin aceptar,
no obstante, ninguna responsabilidad. Para llevar a cabo esta obligación, el Ministerio de
Cultura y Deporte y Europeana utilizarán el procedimiento de notificación y retirada del
párrafo 3 de esta cláusula.
3. En el caso de que un socio de datos o un tercero notifique al Ministerio de
Cultura y Deporte o a Europeana que el cumplimiento por parte del Ministerio de Cultura
y Deporte o de Europeana de las cláusulas cuarta y quinta constituye un acto ilegal, el
Ministerio de Cultura y Deporte o Europeana decidirán en el plazo de cinco (5) días
laborables si consideran que la notificación (i) carece de fundamento, (ii) es fácilmente
subsanable o (iii) es objeto de debate, y el Ministerio de Cultura y Deporte o Europeana
llevarán a cabo lo siguiente: