III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma de Cantabria. Convenio. (BOE-A-2022-3994)
Resolución de 3 de febrero de 2022, de la Autoridad Portuaria de Santander, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Cantabria, para el desarrollo de los programas "Máster en Comercio, Transportes y Comunicaciones Internacionales", "Experto en Comercio y Transporte Internacional" y "Especialista en Logística Integral" para el curso 2021-2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 62
Lunes 14 de marzo de 2022
Sec. III. Pág. 30709
En virtud de las competencias que les confiere el cargo, y reconociéndose poderes y
facultades para formalizar el presente instrumento,
EXPONEN
Primero.
Que en el año 2000, promovido por el Departamento de Economía de la Facultad de
Ciencias Económicas y Empresariales, la Universidad de Cantabria, al amparo de la
legislación vigente y de la normativa emanada de sus Estatutos en lo referente a la
formación de postgrado y Títulos Propios, puso en marcha el «Experto Universitario en
Comercio y Transporte Internacional» y, posteriormente, el «Máster Universitario en
Comercio, Transportes y Comunicaciones Internacionales», y el pasado curso
académico se puso en marcha el Curso de «Especialista Universitario en Logística
Integral», iniciativas docentes con las que se pretende dar respuesta a las crecientes
necesidades de profesionales en el ámbito del transporte y la gestión logística que el
impulso experimentado por comercio internacional está demandando.
Segundo.
Que la Autoridad Portuaria de Santander, consciente del interés e importancia de
este proyecto docente, ha venido colaborando en el desarrollo de estas actividades
académicas desde sus inicios a través de fórmulas tales como: la organización de visitas
técnicas a las instalaciones portuarias, la presencia de profesionales del Puerto como
docentes, etc.
Tercero.
Que, de acuerdo con la voluntad de cooperación que rige las relaciones entre ambas
instituciones, y la positiva experiencia resultante la colaboración llevada a cabo en el
curso 2020-2021, la Universidad de Cantabria y la Autoridad Portuaria consideran
oportuno renovar dicha colaboración en el proyecto docente indicado anteriormente para
el periodo académico 2021-2022 mediante una aportación económica y en la acogida de
estudiantes en prácticas.
Cuarto.
Que la Autoridad Portuaria de Santander tiene reconocida por el artículo 26.1 n) de la
Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto
Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, la función del desarrollo de estudios e
investigaciones en materias relacionadas con la actividad portuaria y la protección del
medio ambiente, así como colaborar en ello con otros puertos, organizaciones o
empresas, ya sean nacionales o extranjeras.
Que la Universidad de Cantabria tiene como objeto esencial la impartición de
docencia y la promoción de la investigación científica y técnica, en su marco territorial de
actuación, a través del desarrollo de las funciones que le atribuye el artículo 1 de la Ley
Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
Sexto.
Que el curso «Especialista en Logística Integral» se ajustará en su diseño,
planificación y ejecución a lo exigido por la legislación vigente y la normativa propia que
la Universidad disponga al respecto.
cve: BOE-A-2022-3994
Verificable en https://www.boe.es
Quinto.
Núm. 62
Lunes 14 de marzo de 2022
Sec. III. Pág. 30709
En virtud de las competencias que les confiere el cargo, y reconociéndose poderes y
facultades para formalizar el presente instrumento,
EXPONEN
Primero.
Que en el año 2000, promovido por el Departamento de Economía de la Facultad de
Ciencias Económicas y Empresariales, la Universidad de Cantabria, al amparo de la
legislación vigente y de la normativa emanada de sus Estatutos en lo referente a la
formación de postgrado y Títulos Propios, puso en marcha el «Experto Universitario en
Comercio y Transporte Internacional» y, posteriormente, el «Máster Universitario en
Comercio, Transportes y Comunicaciones Internacionales», y el pasado curso
académico se puso en marcha el Curso de «Especialista Universitario en Logística
Integral», iniciativas docentes con las que se pretende dar respuesta a las crecientes
necesidades de profesionales en el ámbito del transporte y la gestión logística que el
impulso experimentado por comercio internacional está demandando.
Segundo.
Que la Autoridad Portuaria de Santander, consciente del interés e importancia de
este proyecto docente, ha venido colaborando en el desarrollo de estas actividades
académicas desde sus inicios a través de fórmulas tales como: la organización de visitas
técnicas a las instalaciones portuarias, la presencia de profesionales del Puerto como
docentes, etc.
Tercero.
Que, de acuerdo con la voluntad de cooperación que rige las relaciones entre ambas
instituciones, y la positiva experiencia resultante la colaboración llevada a cabo en el
curso 2020-2021, la Universidad de Cantabria y la Autoridad Portuaria consideran
oportuno renovar dicha colaboración en el proyecto docente indicado anteriormente para
el periodo académico 2021-2022 mediante una aportación económica y en la acogida de
estudiantes en prácticas.
Cuarto.
Que la Autoridad Portuaria de Santander tiene reconocida por el artículo 26.1 n) de la
Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto
Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, la función del desarrollo de estudios e
investigaciones en materias relacionadas con la actividad portuaria y la protección del
medio ambiente, así como colaborar en ello con otros puertos, organizaciones o
empresas, ya sean nacionales o extranjeras.
Que la Universidad de Cantabria tiene como objeto esencial la impartición de
docencia y la promoción de la investigación científica y técnica, en su marco territorial de
actuación, a través del desarrollo de las funciones que le atribuye el artículo 1 de la Ley
Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
Sexto.
Que el curso «Especialista en Logística Integral» se ajustará en su diseño,
planificación y ejecución a lo exigido por la legislación vigente y la normativa propia que
la Universidad disponga al respecto.
cve: BOE-A-2022-3994
Verificable en https://www.boe.es
Quinto.