III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2022-3980)
Resolución de 28 de febrero de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador mercantil y de bienes muebles de Arrecife, por la que se rechaza el depósito de cuentas de una sociedad correspondiente al ejercicio 2020.
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 62
Lunes 14 de marzo de 2022
Sec. III. Pág. 30340
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
3980
Resolución de 28 de febrero de 2022, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
del registrador mercantil y de bienes muebles de Arrecife, por la que se
rechaza el depósito de cuentas de una sociedad correspondiente al ejercicio
2020.
En el recurso interpuesto por don M. R. S., en nombre y representación de la
sociedad «Divergente Creativa, S.L.», contra la nota de calificación extendida por el
registrador Mercantil y de Bienes Muebles de Arrecife, don Antonio Díaz Marquina, por la
que se rechaza el depósito de cuentas de la sociedad correspondiente al ejercicio 2020.
Hechos
I
Se solicitó del Registro Mercantil de Arrecife la práctica del depósito de las cuentas
de la sociedad «Divergente Creativa, S.L.», correspondientes al ejercicio finalizado el
día 31 de diciembre de 2020, con presentación de la documentación correspondiente.
II
Presentada la referida documentación en el Registro Mercantil de Arrecife, fue objeto
de la siguiente nota de calificación:
«Nota de calificación.
El registrador Mercantil que suscribe, previo el consiguiente examen y calificación, de
conformidad con los artículos 18 del Código de Comercio y 6 del Reglamento del
Registro Mercantil, ha resuelto no practicar la inscripción solicitada conforme a los
siguientes hechos y fundamentos de Derecho:
Hechos.
Ejercicio: 2020.
Diario/Asiento: 25/1468.
F. presentación: 27/07/2021.
Entrada: 2/2021/501347.
Sociedad: Divergente Creativa Sociedad Limitada.
Autorizante:
1. La versión de los metadatos utilizada (1.1) es anterior a la publicada en el BOE.
2. Los modelos de las cuentas anuales que se presentan no se ajustan a los
aprobados por la Orden JUS/794/2021, de 22 de julio, por la que se aprueban los nuevos
modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales de los
sujetos obligados a su publicación. (BOE de 26/07/2021). Más concretamente la
presentación de estas cuentas anuales no cumple con los siguientes requisitos: 1.–No se
acompaña el documento denominado “hoja Covid-19” que debe depositarse con las
cve: BOE-A-2022-3980
Verificable en https://www.boe.es
Fundamentos de Derecho (defectos).
Núm. 62
Lunes 14 de marzo de 2022
Sec. III. Pág. 30340
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
3980
Resolución de 28 de febrero de 2022, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
del registrador mercantil y de bienes muebles de Arrecife, por la que se
rechaza el depósito de cuentas de una sociedad correspondiente al ejercicio
2020.
En el recurso interpuesto por don M. R. S., en nombre y representación de la
sociedad «Divergente Creativa, S.L.», contra la nota de calificación extendida por el
registrador Mercantil y de Bienes Muebles de Arrecife, don Antonio Díaz Marquina, por la
que se rechaza el depósito de cuentas de la sociedad correspondiente al ejercicio 2020.
Hechos
I
Se solicitó del Registro Mercantil de Arrecife la práctica del depósito de las cuentas
de la sociedad «Divergente Creativa, S.L.», correspondientes al ejercicio finalizado el
día 31 de diciembre de 2020, con presentación de la documentación correspondiente.
II
Presentada la referida documentación en el Registro Mercantil de Arrecife, fue objeto
de la siguiente nota de calificación:
«Nota de calificación.
El registrador Mercantil que suscribe, previo el consiguiente examen y calificación, de
conformidad con los artículos 18 del Código de Comercio y 6 del Reglamento del
Registro Mercantil, ha resuelto no practicar la inscripción solicitada conforme a los
siguientes hechos y fundamentos de Derecho:
Hechos.
Ejercicio: 2020.
Diario/Asiento: 25/1468.
F. presentación: 27/07/2021.
Entrada: 2/2021/501347.
Sociedad: Divergente Creativa Sociedad Limitada.
Autorizante:
1. La versión de los metadatos utilizada (1.1) es anterior a la publicada en el BOE.
2. Los modelos de las cuentas anuales que se presentan no se ajustan a los
aprobados por la Orden JUS/794/2021, de 22 de julio, por la que se aprueban los nuevos
modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales de los
sujetos obligados a su publicación. (BOE de 26/07/2021). Más concretamente la
presentación de estas cuentas anuales no cumple con los siguientes requisitos: 1.–No se
acompaña el documento denominado “hoja Covid-19” que debe depositarse con las
cve: BOE-A-2022-3980
Verificable en https://www.boe.es
Fundamentos de Derecho (defectos).