II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado. (BOE-A-2022-3551)
Resolución de 1 de marzo de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 7 de marzo de 2022
Sec. II.B. Pág. 26638
La calificación del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y de oposición.
C)
Curso selectivo
Se calificará de 0 a 100 puntos por el total de materias, siendo necesario para
superarlo obtener un mínimo de 50 puntos y no haber obtenido en ninguna asignatura
una puntuación inferior a 5 puntos sobre 10. Los aspirantes que no superen inicialmente
el curso realizarán, en el plazo máximo de dos meses, una nueva prueba sobre las
asignaturas no aprobadas, la cual en ningún caso se calificará en más de 5 puntos. De
no superar dicha prueba, perderán todos sus derechos al nombramiento como
funcionarios de carrera.
III. Elección de destinos
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada:
– Para los aspirantes del sistema de promoción interna: por la suma de las
puntuaciones obtenidas en cada una de las fases de oposición, concurso y curso
selectivo, y determinará la prioridad para la elección de destino.
En caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes
criterios:
1.º Prevalecerá la puntuación de la fase de oposición.
2.º A igual puntuación en la fase de oposición prevalecerá la puntuación obtenida
en el sexto ejercicio. En caso de mantenerse el empate, el orden se establecerá
atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio.
– Para los aspirantes del sistema general de acceso libre: Por la suma de la
calificación de oposición y curso selectivo y determinará la prioridad en la elección de
destino, sin perjuicio de los previsto en el artículo 78 del Real Decreto 364/1995 y en el
apartado decimonoveno de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio.
En caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes
criterios:
1.º Prevalecerá la puntuación de la fase de oposición.
2.º A igual puntuación en la fase de oposición prevalecerá la puntuación obtenida
en el sexto ejercicio. En caso de mantenerse el empate, el orden se establecerá
atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio.
ANEXO II
Programa
Primer ejercicio
Derecho
Tema 1. Las fuentes del Derecho en general y, en especial, en el sistema jurídico
positivo español. Aplicación de las normas jurídicas. Eficacia general y límites en el
tiempo y en el espacio. Eficacia constitutiva del derecho.
Tema 2. La persona, concepto y clases. Persona individual. Capacidad. Persona
jurídica. Representación. Derecho de familia: los regímenes económicos del matrimonio.
Tema 3. El objeto del Derecho. Hecho, acto y negocio jurídico. Elementos esenciales.
Tema 4. Los derechos reales. Concepto, caracteres y clases. El derecho de
propiedad.
Contenido. Adquisición y pérdida del dominio. El Registro de la propiedad.
cve: BOE-A-2022-3551
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 56
Lunes 7 de marzo de 2022
Sec. II.B. Pág. 26638
La calificación del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y de oposición.
C)
Curso selectivo
Se calificará de 0 a 100 puntos por el total de materias, siendo necesario para
superarlo obtener un mínimo de 50 puntos y no haber obtenido en ninguna asignatura
una puntuación inferior a 5 puntos sobre 10. Los aspirantes que no superen inicialmente
el curso realizarán, en el plazo máximo de dos meses, una nueva prueba sobre las
asignaturas no aprobadas, la cual en ningún caso se calificará en más de 5 puntos. De
no superar dicha prueba, perderán todos sus derechos al nombramiento como
funcionarios de carrera.
III. Elección de destinos
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada:
– Para los aspirantes del sistema de promoción interna: por la suma de las
puntuaciones obtenidas en cada una de las fases de oposición, concurso y curso
selectivo, y determinará la prioridad para la elección de destino.
En caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes
criterios:
1.º Prevalecerá la puntuación de la fase de oposición.
2.º A igual puntuación en la fase de oposición prevalecerá la puntuación obtenida
en el sexto ejercicio. En caso de mantenerse el empate, el orden se establecerá
atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio.
– Para los aspirantes del sistema general de acceso libre: Por la suma de la
calificación de oposición y curso selectivo y determinará la prioridad en la elección de
destino, sin perjuicio de los previsto en el artículo 78 del Real Decreto 364/1995 y en el
apartado decimonoveno de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio.
En caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes
criterios:
1.º Prevalecerá la puntuación de la fase de oposición.
2.º A igual puntuación en la fase de oposición prevalecerá la puntuación obtenida
en el sexto ejercicio. En caso de mantenerse el empate, el orden se establecerá
atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio.
ANEXO II
Programa
Primer ejercicio
Derecho
Tema 1. Las fuentes del Derecho en general y, en especial, en el sistema jurídico
positivo español. Aplicación de las normas jurídicas. Eficacia general y límites en el
tiempo y en el espacio. Eficacia constitutiva del derecho.
Tema 2. La persona, concepto y clases. Persona individual. Capacidad. Persona
jurídica. Representación. Derecho de familia: los regímenes económicos del matrimonio.
Tema 3. El objeto del Derecho. Hecho, acto y negocio jurídico. Elementos esenciales.
Tema 4. Los derechos reales. Concepto, caracteres y clases. El derecho de
propiedad.
Contenido. Adquisición y pérdida del dominio. El Registro de la propiedad.
cve: BOE-A-2022-3551
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 56