II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado. (BOE-A-2022-3551)
Resolución de 1 de marzo de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 56
Lunes 7 de marzo de 2022
Sec. II.B. Pág. 26636
ser éste el caso, continuarán realizando las prácticas en las unidades asignadas hasta
que se produzca dicho nombramiento
II. Valoración
A)
Fase de oposición
Los ejercicios de la fase de oposición se calificarán de la forma siguiente:
Primer ejercicio:
Se calificará como «apto», «apto consolidado» o «no apto», siendo necesaria la
calificación de «apto» o «apto consolidado» para acceder al ejercicio siguiente. El
ejercicio se valorará de 0 a 50, otorgándose la calificación de «apto» cuando se alcancen
un mínimo de 25 puntos, y la de «apto consolidado» cuando se alcancen 30 puntos o
más.
Quienes habiendo obtenido la calificación de «apto consolidado» en esta
convocatoria no superen todas las pruebas de la fase de oposición, quedarán exentos de
la realización del primer ejercicio en la convocatoria inmediatamente siguiente, siempre y
cuando el contenido del temario y la forma de calificación de este ejercicio sean
análogos, lo que será valorado por el tribunal convocante.
Segundo ejercicio:
Se calificará como «apto», «apto consolidado» o «no apto», siendo necesaria la
calificación de «apto» o «apto consolidado» para acceder al ejercicio siguiente. El
ejercicio se valorará de 0 a 50, otorgándose la calificación de «apto» cuando se alcancen
un mínimo de 25 puntos, y la de «apto consolidado» cuando se alcancen 30 puntos o
más.
Quienes habiendo obtenido la calificación de «apto consolidado» en esta
convocatoria no superen todas las pruebas de la fase de oposición, quedarán exentos de
la realización del segundo ejercicio en la convocatoria inmediatamente siguiente,
siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación de este ejercicio
sean análogos, lo que será valorado por el tribunal convocante.
Tercer ejercicio:
Se calificará de 0 a 50 puntos, siendo necesario para aprobarlo alcanzar un mínimo
de 25 puntos. El opositor que en este ejercicio obtenga una calificación igual o superior
a 30 puntos quedará exento de la realización del tercer ejercicio de la convocatoria
inmediatamente siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de
calificación de los ejercicios en los que se ha conservado la nota sean análogos, lo que
será valorado por el tribunal convocante.
Cuarto ejercicio:
Se calificará de 0 a 5 puntos, siendo necesario para aprobarlo alcanzar un mínimo
de 2,5 puntos.
Se calificará de 0 a 30 puntos, siendo necesario para aprobarlo alcanzar un mínimo
de 15 puntos.
Sexto ejercicio:
Se calificará de 0 a 40 puntos, siendo necesario para aprobarlo alcanzar un mínimo
de 20 puntos.
cve: BOE-A-2022-3551
Verificable en https://www.boe.es
Quinto ejercicio:
Núm. 56
Lunes 7 de marzo de 2022
Sec. II.B. Pág. 26636
ser éste el caso, continuarán realizando las prácticas en las unidades asignadas hasta
que se produzca dicho nombramiento
II. Valoración
A)
Fase de oposición
Los ejercicios de la fase de oposición se calificarán de la forma siguiente:
Primer ejercicio:
Se calificará como «apto», «apto consolidado» o «no apto», siendo necesaria la
calificación de «apto» o «apto consolidado» para acceder al ejercicio siguiente. El
ejercicio se valorará de 0 a 50, otorgándose la calificación de «apto» cuando se alcancen
un mínimo de 25 puntos, y la de «apto consolidado» cuando se alcancen 30 puntos o
más.
Quienes habiendo obtenido la calificación de «apto consolidado» en esta
convocatoria no superen todas las pruebas de la fase de oposición, quedarán exentos de
la realización del primer ejercicio en la convocatoria inmediatamente siguiente, siempre y
cuando el contenido del temario y la forma de calificación de este ejercicio sean
análogos, lo que será valorado por el tribunal convocante.
Segundo ejercicio:
Se calificará como «apto», «apto consolidado» o «no apto», siendo necesaria la
calificación de «apto» o «apto consolidado» para acceder al ejercicio siguiente. El
ejercicio se valorará de 0 a 50, otorgándose la calificación de «apto» cuando se alcancen
un mínimo de 25 puntos, y la de «apto consolidado» cuando se alcancen 30 puntos o
más.
Quienes habiendo obtenido la calificación de «apto consolidado» en esta
convocatoria no superen todas las pruebas de la fase de oposición, quedarán exentos de
la realización del segundo ejercicio en la convocatoria inmediatamente siguiente,
siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación de este ejercicio
sean análogos, lo que será valorado por el tribunal convocante.
Tercer ejercicio:
Se calificará de 0 a 50 puntos, siendo necesario para aprobarlo alcanzar un mínimo
de 25 puntos. El opositor que en este ejercicio obtenga una calificación igual o superior
a 30 puntos quedará exento de la realización del tercer ejercicio de la convocatoria
inmediatamente siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de
calificación de los ejercicios en los que se ha conservado la nota sean análogos, lo que
será valorado por el tribunal convocante.
Cuarto ejercicio:
Se calificará de 0 a 5 puntos, siendo necesario para aprobarlo alcanzar un mínimo
de 2,5 puntos.
Se calificará de 0 a 30 puntos, siendo necesario para aprobarlo alcanzar un mínimo
de 15 puntos.
Sexto ejercicio:
Se calificará de 0 a 40 puntos, siendo necesario para aprobarlo alcanzar un mínimo
de 20 puntos.
cve: BOE-A-2022-3551
Verificable en https://www.boe.es
Quinto ejercicio: