III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Convenios. (BOE-A-2022-3336)
Resolución de 23 de febrero de 2022, de la Dirección General de la Industria Alimentaria, por la que se publica el Convenio con la Asociación Interprofesional Española de Carne Avícola, para la promoción del consumo de carne avícola a través de actuaciones de promoción durante 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 52

Miércoles 2 de marzo de 2022

Sec. III. Pág. 24845

9. A efectos del pago, una vez realizadas las acciones previstas en la cláusula
segunda, elaborar y presentar la documentación pertinente para la justificación del
cumplimiento de las mismas, que consistirá en una memoria que comprenda, al menos:
a) Una descripción de las acciones realizadas.
b) Una valoración sobre su impacto.
c) Las correspondientes justificaciones sistematizadas del gasto y pago mediante
certificado bancario, indicando la parte subvencionada por el MAPA.
d) Cualquier otra información que pueda contribuir a valorar la eficacia de las
acciones emprendidas.
10. AVIANZA se asegurará de que en ninguna de las actuaciones realizadas
conjuntamente se produzca doble financiación.
Quinta.

Financiación y forma de pago.

El presupuesto total que conlleva la organización y celebración de las actuaciones
programadas objeto del convenio, asciende a doscientos cuarenta y ocho mil euros
(248.000,00 €).
El MAPA participará en las acciones objeto de este convenio con un presupuesto
máximo de ciento veinticuatro mil euros (124.000,00 €), IVA incluido, para el ejercicio
económico de 2022 con cargo a la aplicación presupuestaria 21.07.413.A.640.08. Dicha
cantidad se abonara en la cuenta ES70 2100 7491 3322 0010 4428.
AVIANZA aportará la cantidad de ciento veinticuatro mil euros (124.000,00 €) para el
ejercicio 2022.
AVIANZA adelantará los fondos correspondientes a las actividades a realizar
previstas bajo el presente convenio.
El MAPA realizará el pago de la cantidad estipulada a AVIANZA, correspondiente a
las acciones objeto del presente convenio, ejecutadas y justificadas, desde la entrada en
vigor del mismo hasta el 25 de noviembre 2022, previa justificación por parte
de AVIANZA de la ejecución de las acciones correspondientes, aportando una memoria
de acuerdo con lo especificado en la cláusula cuarta del presente convenio, así como
sus correspondientes documentos justificativos.
Sexta.

Comisión de Seguimiento.

A los efectos de garantizar el cumplimiento del presente convenio se crea una
Comisión de Seguimiento para un mejor desarrollo de las actuaciones a realizar, con la
siguiente composición:
Por parte del MAPA:
– Dos representantes de la Subdirección General de Promoción de los Alimentos de
España. El funcionario de mayor rango de esta Subdirección presidirá la Comisión.
Por parte de AVIANZA:

La Comisión de Seguimiento se reunirá cuantas veces se estime necesario a petición
de una de las partes, con al menos 10 días naturales de antelación. Los acuerdos de la
Comisión de seguimiento se adoptarán por unanimidad de sus miembros, todos ellos
tienen derecho a voz y voto, y de sus reuniones se levantará la correspondiente acta.
Tendrá encomendadas las siguientes actuaciones:
– Impulsar y desarrollar el presente convenio.
– El seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los
compromisos adquiridos por los firmantes.

cve: BOE-A-2022-3336
Verificable en https://www.boe.es

– Dos representantes de AVIANZA.