III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2022-3164)
Resolución de 20 de enero de 2022, de la Autoridad Portuaria de Barcelona, por la que se publica el Convenio con la Fundación Esade, para la realización de actividades de interés general.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 50

Lunes 28 de febrero de 2022

Sec. III. Pág. 23625

actividades de interés general. Asimismo, se hará constar la circunstancia de que esta
factura no está sujeta al impuesto sobre el valor añadido.
4. En cuanto a la cantidad de cuatro mil cien euros (4.100 €), se aplica a la
adquisición de una plaza en el Programa en Dirección Estratégica de la Colaboración
Público-privada, que conlleva la participación en todas las jornadas del Programa y
demás actividades y ventajas económicas que se describen en la cláusula cuarta del
presente Convenio.
ESADE hará constar en la factura que este importe está sujeto a IVA, pero exento,
de conformidad con lo establecido en el artículo 20 apartado 9 de la Ley 37/1992, de 28
de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
Las facturas serán emitidas durante los meses de enero de los años 2022, 2023,
2024 y 2025.
El pago del importe indicado, para cada año, se hará contra factura, en los treinta
días siguientes a la recepción de la misma a través del Portal de Remisión de Facturas
de la APB (https://vendors.portdebarcelona.cat/invoices/), o a través del envío de la
misma a la dirección de correo electrónico formacio.apb@portdebarcelona.cat. No podrá
emitirse la primera factura hasta que no se haya inscrito en el Registro Electrónico
estatal de órganos e instrumentos de Cooperación del sector público estatal.
Cuarta. Derechos de la APB como colaboradora de ESADE.
1. Como la Autoridad Portuaria de Barcelona es una entidad colaboradora del
Programa Partners, tendrá derecho de:
1. Disponer de una plaza al Programa en Dirección Estratégica de la Colaboración
Publico privada.
2. Obtener una visibilidad destacada en las publicaciones y los medios de
comunicación del Programa PARTNERS.
3. Acceder a la red relacional del Programa PARTNERS.
4. Participar en los actos y jornadas del Programa PARTNERS.
5. Disponer de ventajas económicas en la adquisición de plazas en el Máster en
Dirección Pública de ESADE dependiendo del número de matrículas adquiridas. Ver detalle:
a) 1 matrícula: 15 % de descuento sobre el precio de mercado.
b) 2 matrículas: 18 % de descuento sobre el precio de mercado.
c) 3 matrículas: 20 % de descuento sobre el precio de mercado.
d) 4 matrículas: 22,50 % de descuento sobre el precio de mercado.
e) 5 matrículas: 25 % de descuento sobre el precio de mercado.
2. La APB será la beneficiaria de los incentivos fiscales previstos en la citada
Ley 49/2002.
Modificación del Convenio.

El Convenio podrá modificarse por acuerdo unánime de las partes de conformidad
con el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del Sector
Publico. Toda modificación del Convenio deberá formalizarse mediante adenda,
conforme a los requisitos legalmente establecidos y previa autorización prevista en el
artículo 50 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Sexta.

Entrada en vigor y plazo de duración.

1. De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, el Convenio resultará eficaz una vez inscrito, en
el plazo de 5 días desde la formalización, en el Registro Electrónico estatal de órganos e
instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Asimismo, serán publicados en
el plazo de 10 días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2022-3164
Verificable en https://www.boe.es

Quinta.