III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Variedades comerciales de plantas. (BOE-A-2022-3179)
Orden APA/131/2022, de 23 de febrero, por la que se dispone la inclusión de diversas variedades de distintas especies en el Registro de Variedades Comerciales.
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 50

Lunes 28 de febrero de 2022

Sec. III. Pág. 23712

En los catálogos de venta y en los envases se deberá indicar que las variedades son
modificadas genéticamente y que tal modificación las protege contra el taladro o
barrenador del maíz.
Quinto.
La información relativa a estas variedades que se incluyen en los anexos I, II y III se
encuentra en la Subdirección General de Medios de Producción Agrícola y Oficina
Española de Variedades Vegetales.
Sexto.
La presente orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
La presente orden agota la vía administrativa de conformidad con el artículo 114 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. Contra ella podrá recurrirse, potestativamente, en reposición,
ante el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes, contado a
partir del día siguiente a aquel en tenga lugar su publicación o ser impugnada,
directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en
el plazo de dos meses, también contado desde el día siguiente al de su publicación.
Debe advertirse que no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo,
hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación
presunta del recurso de reposición, si este se hubiera interpuesto. Asimismo, se advierte
que el plazo para la interposición del recurso jurisdiccional, en caso desestimación
presunta del recurso de reposición, es de seis meses a partir del día siguiente a aquel en
que se produzca el acto presunto.
Madrid, 23 de febrero de 2022.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, P.D.
(Orden APA/21/2019, de 10 de enero), el Secretario General de Agricultura y
Alimentación, Fernando Miranda Sotillos.
ANEXO I
Inclusión de variedades
Especie: Judía de enrame
Inscripción

Definitiva

20180287

PHASIPOP.

20190119

PINTARKA.

Especie: Maíz
Definitiva

20200432

672YG (OGM-MON810).

20200024

B3316C.

20200027

B3977B.

20200010

DEBUSSY YG (OGM-MON810).

20200005

DKC4974YG (OGM-MON810).

20200006

DKC5182YG (OGM-MON810).

cve: BOE-A-2022-3179
Verificable en https://www.boe.es

Inscripción