III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-3094)
Resolución de 21 de febrero de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Fondo Español de Garantía Agraria y la Intervención General de la Administración del Estado, para la adhesión a los sistemas departamentales de la IGAE.
11 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 49

Sábado 26 de febrero de 2022

Sec. III. Pág. 23157

Ambas partes se reconocen competencia suficiente para el establecimiento del
presente Convenio, y al efecto,
EXPONEN
I. Que los artículos 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, contiene la regulación de los Convenios administrativos.
II. Que de acuerdo con el artículo 144.6 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre,
General Presupuestaria, la IGAE podrá asumir, mediante la formalización del oportuno
Convenio y en todo caso valorando la disponibilidad de medios para el ejercicio
adecuado de las funciones que se le atribuyen en la presente Ley, la realización de
actuaciones encaminadas a la mejora de los procesos de gestión económico-financieros
y contabilización o al establecimiento de medidas que refuercen su supervisión, en el
ámbito de los organismos, sociedades y demás entidades integradas en el Sector
Público Estatal.
En dicho Convenio deberá preverse la contraprestación económica que habrá de
satisfacer el ente público, que se ingresará en el Tesoro Público, pudiendo generar
crédito en los servicios correspondientes de la IGAE.
III. Que la contabilidad analítica permite obtener la información necesaria sobre los
costes de actividades e indicadores de gestión para la gestión de los recursos de
acuerdo con el criterio de eficiencia.
Asimismo, el sistema de gestión económico presupuestaria permite la tramitación y
seguimiento de la ejecución presupuestaria, y el sistema de inventario de bienes permite
el seguimiento de los elementos de su inmovilizado.
IV. Que la IGAE, con el ánimo de favorecer la normalización de los procedimientos
de implantación de la contabilidad analítica en las Administraciones Públicas y la
normalización de los procedimientos de gestión presupuestaria, ha desarrollado,
respectivamente, la aplicación informática CANOA como sistema de contabilidad de
costes y la aplicación informática SOROLLA2, que incorpora dos módulos, el primero
para la gestión económico presupuestaria de los distintos Centros Gestores, y el
segundo para la gestión del inventario de los elementos de inmovilizado de cada una de
las entidades. Dichos sistemas se ponen a disposición de los órganos gestores y
organismos integrantes del sector público estatal, y están inscritos en el Centro de
Trasferencia de Tecnología de acuerdo con lo establecido en el artículo 158 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, y en el artículo 17
del Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de
Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica.
V. Que con el fin de garantizar la sostenibilidad del sistema CANOA y del sistema
SOROLLA2, se considera necesaria la participación de los organismos usuarios de los
mismos en la financiación de los costes de asistencia, mantenimiento, evolución, y
alojamiento de los sistemas.
Ambas partes entienden que el presente Convenio encaja adecuadamente en el
marco de sus respectivas funciones y tiene por objeto facilitar el cumplimiento de sus
respectivos fines, con el máximo aprovechamiento de todos sus medios.

CLÁUSULAS
Primera.

Objeto.

El presente Convenio tiene por objeto establecer las condiciones en las que la
Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) proporcionará el servicio de
asistencia funcional, mantenimiento, evolución, y alojamiento del sistema de contabilidad
analítica normalizada para las organizaciones administrativas (CANOA) y del sistema de

cve: BOE-A-2022-3094
Verificable en https://www.boe.es

Por todo cuanto antecede, ambas partes resuelven suscribir el presente Convenio
con arreglo a las siguientes