III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-3094)
Resolución de 21 de febrero de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Fondo Español de Garantía Agraria y la Intervención General de la Administración del Estado, para la adhesión a los sistemas departamentales de la IGAE.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 49
Sábado 26 de febrero de 2022
Sec. III. Pág. 23166
la entidad, medido por el número de usuarios, y del nivel de complejidad del mismo,
medido por el número de unidades tramitadoras, mediante la aplicación de un baremo
de 5 rangos de complejidad para cada uno de los módulos funcionales del sistema
utilizados por el organismo, de acuerdo con las siguientes tablas:
Módulo de gestión presupuestaria
N.º UT
N.º usuarios
51-200
201-500
>500
6.750
9.000
11.250
13.500
11-25
9.000
11.250
13.500
15.750
26-50
11.250
13.500
15.750
18.000
51-75
15.750
18.000
20.250
> 75
18.000
20.250
22.500
1-10
1-10
11-50
4.500
Módulo de gestión del inventario
N.º UT
N.º usuarios
1-10
11-50
51-200
201-500
>500
1
1.500
2.250
3.000
3.750
4.500
2-5
2.250
3.000
3.750
4.500
5.250
6-10
3.000
3.750
4.500
5.250
6.000
11-15
4.500
5.250
6.000
6.750
> 15
5.250
6.000
6.750
7.500
La cuota de mantenimiento anual será el resultado de la suma de las cuotas que
correspondan a cada uno de los módulos funcionales utilizados por el organismo.
ANEXO IV
Cálculo del importe del Convenio
La entidad utiliza los siguientes módulos:
1.
El módulo de gestión presupuestaria de SOROLLA2:
Cuenta con 84 usuarios y 5 unidades tramitadoras. Del cruce entre ambas
magnitudes, según lo expuesto en la primera tabla del anexo III.2 de este Convenio,
resulta una cuota anual de mantenimiento de este módulo de 9.000 euros.
El módulo de gestión del inventario de SOROLLA2:
Cuenta con 18 usuarios y 1 unidad tramitadora. Del cruce entre ambas magnitudes,
de acuerdo con la segunda tabla del anexo III.2 resulta una cuota anual de 2.250 euros.
3.
El sistema CANOA:
Se han definido 47 centros de coste y 64 actividades. El producto de centros por
actividades asciende a 3.008, por lo que de acuerdo con la tabla del anexo III.1 del
Convenio resulta una cuota de 6.000 euros.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
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Verificable en https://www.boe.es
2.
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la entidad, medido por el número de usuarios, y del nivel de complejidad del mismo,
medido por el número de unidades tramitadoras, mediante la aplicación de un baremo
de 5 rangos de complejidad para cada uno de los módulos funcionales del sistema
utilizados por el organismo, de acuerdo con las siguientes tablas:
Módulo de gestión presupuestaria
N.º UT
N.º usuarios
51-200
201-500
>500
6.750
9.000
11.250
13.500
11-25
9.000
11.250
13.500
15.750
26-50
11.250
13.500
15.750
18.000
51-75
15.750
18.000
20.250
> 75
18.000
20.250
22.500
1-10
1-10
11-50
4.500
Módulo de gestión del inventario
N.º UT
N.º usuarios
1-10
11-50
51-200
201-500
>500
1
1.500
2.250
3.000
3.750
4.500
2-5
2.250
3.000
3.750
4.500
5.250
6-10
3.000
3.750
4.500
5.250
6.000
11-15
4.500
5.250
6.000
6.750
> 15
5.250
6.000
6.750
7.500
La cuota de mantenimiento anual será el resultado de la suma de las cuotas que
correspondan a cada uno de los módulos funcionales utilizados por el organismo.
ANEXO IV
Cálculo del importe del Convenio
La entidad utiliza los siguientes módulos:
1.
El módulo de gestión presupuestaria de SOROLLA2:
Cuenta con 84 usuarios y 5 unidades tramitadoras. Del cruce entre ambas
magnitudes, según lo expuesto en la primera tabla del anexo III.2 de este Convenio,
resulta una cuota anual de mantenimiento de este módulo de 9.000 euros.
El módulo de gestión del inventario de SOROLLA2:
Cuenta con 18 usuarios y 1 unidad tramitadora. Del cruce entre ambas magnitudes,
de acuerdo con la segunda tabla del anexo III.2 resulta una cuota anual de 2.250 euros.
3.
El sistema CANOA:
Se han definido 47 centros de coste y 64 actividades. El producto de centros por
actividades asciende a 3.008, por lo que de acuerdo con la tabla del anexo III.1 del
Convenio resulta una cuota de 6.000 euros.
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cve: BOE-A-2022-3094
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