V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. (BOE-B-2022-6002)
Extracto de la Resolución de 24 de febrero de 2022, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se convocan subvenciones a Acciones de Cooperación para el Desarrollo en el ámbito de la innovación correspondientes al año 2022 y se aprueban sus bases específicas
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 49

Sábado 26 de febrero de 2022

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Los proyectos deberán impulsar soluciones innovadoras ya desarrolladas y
testadas exitosamente a nivel piloto, con el fin de aplicarlas y demostrar la
posibilidad de replicarlas a mayor escala. Asimismo, se podrá cofinanciar la
escalabilidad y replicabilidad de aquellas soluciones innovadoras y aplicadas con
éxito en los países socios de la Cooperación Española. Además, los proyectos
deberán mejorar la cohesión social y las condiciones de vida de las personas más
desfavorecidas que forman parte de la base de la pirámide en los países de
asociación de la Cooperación Española.
Tercero. Bases Reguladoras.
Orden AEC/2909/2011, de 21 de octubre, por la que se establecen las bases
para la concesión de subvenciones de cooperación internacional para el desarrollo,
en desarrollo del Título II del Real Decreto 794/2010, de 16 de junio, por el que se
regulan las subvenciones y ayudas en el ámbito de la cooperación internacional.
Cuarto. Cuantía.
El importe inicial de la convocatoria es de 100.000 euros, se podrá ampliar con
un crédito adicional hasta un máximo de 5 millones de euros.
El importe mínimo que se puede solicitar por proyecto es de 300.000 euros y el
importe máximo que se puede solicitar por proyecto es de 600.000€.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de solicitudes es de quince días hábiles contados
a partir de las 00:00 horas (hora peninsular española) del día siguiente al de la
publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Estado y finalizará a las
23:59:59 horas del último día de plazo.
Sexto. Otros datos.
Las solicitudes se presentarán con firma electrónica utilizando alguno de los
sistemas de firma que se consideran válidos según el artículo 10 de la Ley 39/
2015, de 1 de octubre.
Madrid, 24 de febrero de 2022.- La Presidenta de la Agencia Española de
Cooperación Internacional para el Desarrollo, P.D. (Resolución 2 de julio de 2009)
el Director de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el
Desarrollo, Antón Leis García.

cve: BOE-B-2022-6002
Verificable en https://www.boe.es

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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X