III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2022-3033)
Resolución de 19 de enero de 2022, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica el Convenio con el Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos y ADIF-Alta Velocidad, para la verificación y visado de trabajos profesionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 48

Viernes 25 de febrero de 2022

Sec. III. Pág. 22626

‒ Póliza número 2: se activa con la verificación del trabajo profesional, con una
cobertura hasta 500.000 euros por siniestro (400.000 euros en exceso de la cobertura
general) para daños a terceros, o daños a la propia obra (50% de la cobertura de daños
a terceros), producidos durante el plazo de ejecución del contrato.
‒ Póliza número 3: se activa con el visado de la Dirección de Obra, hasta la cifra
de 1.800.000 euros por siniestro. Los 1.300.000 euros en exceso, sobre los 500.000
euros cubiertos con la póliza número 2, cubrirán los daños a terceros (excluidos los
daños a la propia obra) que se produzcan tras la puesta en servicio de la infraestructura.
Según lo dispuesto en la cláusula tercera, estas coberturas también ampararán a
otros profesionales de ADIF y ADIF-Alta Velocidad.
Tratamiento de las Franquicias contempladas en las pólizas:

cve: BOE-A-2022-3033
Verificable en https://www.boe.es

‒ La franquicia fija por siniestro de 30.000 euros, contemplada en la póliza número 1
suscrita por el Colegio, se verá reducida a la cantidad de 10.000 euros en el momento de
realizarse la verificación del trabajo profesional.
‒ A través del presente Convenio, el Colegio, a través del seguro contratado, asumirá
el coste de esta franquicia de 10.000 euros por siniestro, para un número máximo anual
de 100 Ingenieros de Caminos, Canales y Puerto colegiados profesionales de ADIF y
ADIF-Alta Velocidad que pudiesen tener relación con un siniestro contemplado en el
presente Convenio.
A tal efecto, ADIF y ADIF-Alta Velocidad identificarán a dichos profesionales en un
listado cuyo seguimiento será responsabilidad de la Comisión Mixta.
‒ De igual forma, el Colegio asumirá, a través del seguro contratado, el coste de esta
franquicia de 10.000 euros por siniestro para un número máximo anual de 50
profesionales de ADIF y ADIF-Alta Velocidad que, aun no siendo ingenieros de Caminos,
Canales y Puertos, pudiesen tener relación con un siniestro contemplado en el presente
Convenio.
A tal efecto, ADIF y ADIF-Alta Velocidad identificarán a dichos profesionales en un
listado cuyo seguimiento será responsabilidad de la Comisión de Seguimiento.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X