I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2022-2979)
Orden HFP/114/2022, de 22 de febrero, por la que se modifica la Orden de 2 de junio de 1994, por la que se desarrolla la estructura de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 48

Viernes 25 de febrero de 2022

Sec. I. Pág. 22398

En su virtud, dispongo:
Artículo único. Modificación de la Orden de 2 de junio de 1994 por la que se
desarrolla la estructura de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
La Orden de 2 de junio de 1994 por la que se desarrolla la estructura de la Agencia
Estatal de Administración Tributaria queda modificada como sigue:
El apartado undécimo quáter queda redactado de la siguiente manera:
«Undécimo quáter.
1. El titular del Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales
desempeñará la Secretaría Técnica Permanente del Consejo Superior para la
Dirección y Coordinación de la Gestión Tributaria, con las funciones que le
atribuye el artículo 65.5 de la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se
regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen
común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas
normas tributarias.
2. El Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales tendrá a su cargo
la coordinación y desarrollo de la planificación de la Agencia Tributaria y de la
estrategia de comunicación de la misma; la coordinación de las funciones de
información y asistencia no presenciales prestadas por las áreas; la coordinación
de los órganos centrales y territoriales de la Agencia en proyectos que afecten a
distintas áreas; la coordinación y desarrollo de las relaciones con las
administraciones tributarias autonómicas y locales, y, en general, las relaciones
institucionales; y aquellas otras funciones que le encomiende la Dirección General.
3. Corresponden al titular del Servicio de Planificación y Relaciones
Institucionales las siguientes competencias:
a) Acordar, a propuesta de la Delegación Central de Grandes
Contribuyentes, cuando conforme a la normativa aplicable así se requiera, la
adscripción de obligados tributarios a dicha Delegación Central y el cese de la
misma.
b) En materia de sede electrónica y registros electrónicos, la aprobación y
modificación de la relación de documentos electrónicos normalizados y, a
propuesta de los Departamentos o Servicios, la aprobación y modificación de los
formularios correspondientes.
4. Dependerán del Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales las
siguientes Subdirecciones Generales:
a) Subdirección General de Organización y Coordinación.
b) Subdirección General de Planificación y Programación.
c) Subdirección General de Comunicación Externa.»

La aplicación de lo dispuesto en esta orden no implicará aumento del gasto en el
presupuesto de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
Madrid, 22 de febrero de 2022.–La Ministra de Hacienda y Función Pública, María
Jesús Montero Cuadrado.

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

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Disposición adicional única. Ausencia de incremento del gasto público.