I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2022-2979)
Orden HFP/114/2022, de 22 de febrero, por la que se modifica la Orden de 2 de junio de 1994, por la que se desarrolla la estructura de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 48

Viernes 25 de febrero de 2022

Sec. I. Pág. 22397

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
2979

Orden HFP/114/2022, de 22 de febrero, por la que se modifica la Orden de 2
de junio de 1994, por la que se desarrolla la estructura de la Agencia Estatal
de Administración Tributaria.

cve: BOE-A-2022-2979
Verificable en https://www.boe.es

La Orden de 2 de junio de 1994 procedió al desarrollo de la estructura de la Agencia
Estatal de Administración Tributaria (en adelante Agencia Tributaria) tanto a nivel central,
reflejando la estructura de los Departamentos y Servicios, como a nivel territorial,
haciendo referencia a la Administración Periférica de la Agencia Tributaria constituida por
las Delegaciones Especiales y las Delegaciones de la Agencia Tributaria.
El Plan Estratégico de la Agencia Tributaria 2020-2023 pretende continuar
potenciando tanto la diversidad como la calidad de los servicios de información y
asistencia prestados a los contribuyentes, priorizando el uso de las nuevas tecnologías
frente a los medios tradicionales de asistencia presencial, para conseguir una mayor
eficacia y permitir una asignación más eficiente de los recursos materiales y humanos
disponibles.
En este marco, la Agencia Tributaria ha iniciado el desarrollo de un nuevo modelo de
asistencia no presencial al contribuyente que se ha materializado, por un lado, en el
desarrollo de herramientas de asistencia digital y demás servicios de información
disponibles en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria y, por otro, en la creación de
las denominadas «Administraciones de asistencia Digital Integral» (ADIs), que prestan
servicios en relación con cuestiones que corresponden a varias áreas funcionales, y en
la potenciación de la prestación de servicios no presenciales en el área de Recaudación
a través del «Centro de Atención Telefónica de Recaudación» (REC@T).
La coordinación de estas funciones de información y asistencia no presenciales y el
objetivo de avanzar hacia un modelo de prestación de los servicios no presenciales
homogéneo y multiárea aconsejan el establecimiento de un sistema de gobernanza en
diversos niveles.
Estos cambios hacen necesaria la modificación de la Orden de 2 de junio de 1994
incluyendo, entre las funciones que corresponden al Servicio de Planificación y
Relaciones Institucionales, la coordinación de las funciones de información y asistencia
no presenciales que presta la Agencia Tributaria.
De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la elaboración de esta orden se
ha efectuado de acuerdo con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad,
seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.
El artículo 103.once.5 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos
Generales del Estado para 1991, establece que el Ministro de Economía y Hacienda, por
orden, podrá organizar las unidades inferiores a Departamento, o habilitar al Presidente
de la Agencia Tributaria para dictar resoluciones normativas por las que se estructuren
dichas unidades y se realice la concreta atribución de competencias.