V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. (BOE-B-2022-5616)
Extracto de la Resolución de 21 de febrero de 2022, de la Dirección General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se convocan para el año 2022 ayudas selectivas para la producción de largometrajes sobre proyecto.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 46

Miércoles 23 de febrero de 2022

Sec. V-B. Pág. 8894

El proyecto deberá incluir, como medidas de accesibilidad universal, el
subtitulado especial y la audiodescripción con arreglo a la normativa técnica
aplicable.
Asimismo, el proyecto deberá incluir un sistema de medición y registro de
impacto medioambiental que contemple parámetros de sostenibilidad en el
transporte, alojamiento, catering, reutilización y reciclado de materiales, gestión de
residuos, ahorro energético y consumo eficiente de recursos naturales, así como
un plan de reducción de huella de carbono.
En cumplimiento con lo dispuesto en el Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia, en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia, y su normativa de desarrollo, en particular la
Comunicación de la Comisión Guía técnica (2021/C 58/01), así como con lo
requerido en la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la
evaluación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España
(CID) y su documento Anexo, todas las actuaciones que se lleven a cabo en el
marco del PRTR en cumplimiento del presente Acuerdo deben respetar el principio
de no causar un perjuicio significativo al medioambiente (principio DNSH por sus
siglas en inglés, "Do No Significant Harm").
Para ejercer las competencias de control por parte de la Comisión, la Oficina
Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF), el Tribunal de Cuentas Europeo, la
Fiscalía Europea y las autoridades nacionales competentes, las personas y
entidades beneficiarias de las ayudas aceptarán la cesión de la información
establecida en el artículo 8 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre para
la identificación del perceptor final de fondos. Por otro lado, dado que se trata de
ayudas a iniciativas con sus propios procesos de selección, las personas y
entidades beneficiarias deberán contemplar mecanismos para reducir el riesgo de
fraude, corrupción y conflictos de intereses.
Las actuaciones estarán sometidas al seguimiento y control que se establezca
para el Plan de Recuperación, Trasformación y Resiliencia, así como las
obligaciones específicas relativas a la información y publicidad, control,
verificación, seguimiento y demás obligaciones impuestas por la normativa interna
y de la Unión Europea que para el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la
UE se establezcan y cuya aplicación será de obligado cumplimiento.
Madrid, 21 de febrero de 2022.- La Directora General del Instituto de la
Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, Beatriz Navas Valdés.

cve: BOE-B-2022-5616
Verificable en https://www.boe.es

ID: A220006451-1

https://www.boe.es

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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X