V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. (BOE-B-2022-5616)
Extracto de la Resolución de 21 de febrero de 2022, de la Dirección General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se convocan para el año 2022 ayudas selectivas para la producción de largometrajes sobre proyecto.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 23 de febrero de 2022

Sec. V-B. Pág. 8893

en las que la participación española sea minoritaria.
No obstante, la cuantía disponible en la aplicación del Programa 33YA, C25.I01
«Programa de fomento, modernización y digitalización del sector audiovisual.
Cultura» sólo podrá ser destinada a proyectos realizados exclusivamente por
directoras y a proyectos de animación que cuenten con un plan de sostenibilidad
de la empresa o para el proyecto, conforme a las reservas señaladas para estos
proyectos en el párrafo anterior.
El importe máximo de la ayuda que se conceda será de 800.000 euros por
proyecto beneficiario, o de 300.000 euros para las coproducciones con empresas
extranjeras en las que la participación española sea minoritaria.
El Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales estima que esta
actuación contribuirá entre el 5% y un 7% a la consecución del objetivo CID de la
Inversión 1 del Componente 25 (objetivo 366), que pretende apoyar a un mínimo
de 100 PYMES del sector audiovisual en su digitalización, promoción de la
igualdad de género, internacionalización y atracción de inversión extranjera directa
en el marco del programa general. En concreto, con esta convocatoria de ayudas
selectivas para la producción de largometrajes sobre proyecto de 2022 se va a
beneficiar, al menos a 6 PYMES, de las que al menos 4 serán PYMES que
produzcan proyectos dirigidos exclusivamente por mujeres y al menos 2 serán
PYMES que produzcan proyectos de animación. Esta línea de ayudas contribuirá
asimismo en un 20% a la consecución del objetivo CID intermedio de dar apoyo a
30 PYMES en el plazo del último trimestre de 2022.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo máximo para la presentación de solicitudes acompañadas de la
documentación preceptiva, en el primer procedimiento de selección, será de
quince días a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la
presente Resolución en el Boletín Oficial del Estado, finalizando a las 14 horas,
hora peninsular, del último día de plazo.
El plazo para la presentación de solicitudes acompañadas de la documentación
preceptiva, en el segundo procedimiento de selección, se iniciará el día 3 de mayo
de 2022 y finalizará el día 24 de mayo de 2022, a las 14 horas, hora peninsular.
Sexto. Requisitos de los proyectos
Los proyectos de largometraje, incluidos los realizados en régimen de
coproducción con empresas extranjeras, deben estar en disposición de obtener la
nacionalidad española por cumplir los requisitos que para el acceso a la misma
establece el artículo 5 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, y deben
acreditar su carácter cultural, conforme se establece en el artículo 12 de la Orden
CUD/582/2020, de 26 de junio.
No pueden acceder a estas ayudas los proyectos que antes de recaer la
decisión final de la Comisión de ayudas a la producción de largometrajes y
cortometrajes del procedimiento al que concurran, hayan presentado la solicitud de
calificación por grupos de edad.
Al menos, el 50% de los gastos presupuestados del largometraje se deben
realizar en España o revertir en autores o en equipos técnicos, artísticos o de
servicios que posean residencia fiscal en España.

cve: BOE-B-2022-5616
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Núm. 46