III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-2834)
Resolución de 17 de febrero de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Centro Sefarad Israel y la Intervención General de la Administración del Estado, para la adhesión a los sistemas departamentales de la IGAE.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 45

Martes 22 de febrero de 2022

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notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá
resuelto el convenio.
La extinción del Convenio conllevará la baja de la entidad como usuario de la
aplicación y la obligación de la entidad de devolución del material o software cedido por
la IGAE.
Undécima.

Régimen jurídico y jurisdicción aplicable.

La resolución de las controversias que puedan surgir en el cumplimiento del presente
Convenio, que no puedan ser resueltas por acuerdo entre las partes, serán de
conocimiento y competencia del Orden Jurisdiccional de lo Contencioso-Administrativo.
Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente documento.–El
Interventor General de la Administración del Estado, Pablo Arellano Pardo.–El Director
General del Centro Sefarad-Israel, Miguel de Lucas González.
ANEXO I
Actuaciones y compromisos específicos a desarrollar por las partes suscriptoras
del convenio en función de los sistemas a los que se adhiera
A)

Referentes al sistema CANOA

Actuaciones y compromisos asumidos por la IGAE
1.

En fase de instalación e implantación.

1.1 La IGAE facilitará a la entidad, si así lo requiere, el asesoramiento necesario
para la personalización del «Modelo CANOA», que, en todo caso, deberá ser efectuada
por el organismo al objeto de adecuarlo a su realidad organizativa.
Para las unidades de la entidad no ubicadas en Madrid este asesoramiento se
realizará mediante consultas telefónicas o mediante el desplazamiento del equipo de
trabajo de la entidad a las oficinas de la IGAE.
Actuaciones y compromisos asumidos por la entidad
En fase de instalación e implantación.

1.1 La entidad realizará los trabajos necesarios para la personalización del Modelo
CANOA a fin de adecuarlo a sus necesidades, teniendo en cuenta los compromisos
asumidos en esta fase por la IGAE, en un plazo no superior a seis meses desde la firma
del Convenio, y elaborará el correspondiente «Informe de personalización», el cual
deberá ser aprobado por el responsable de la unidad, a nivel mínimo de Subdirector
General o asimilado, y validado por la IGAE a efectos de garantizar que el modelo
propuesto se ajusta a las posibilidades del sistema CANOA.
1.2 La entidad implantará el sistema en un plazo no superior a nueve meses desde
la personalización del modelo, consistiendo dicha implantación en la carga de las
estructuras de coste de acuerdo con las definidas en la personalización del modelo, la
adaptación de los sistemas de gestión fuente desarrollando las interfaces necesarias
para el sistema CANOA, la introducción y proceso de la información y la obtención de
información relativa al periodo determinado.
El sistema se considera implantado cuando es capaz de ofrecer información
contrastable de costes para un periodo determinado, obteniendo el conjunto de informes
que se haya establecido en la personalización del modelo.
1.3 El interlocutor designado por el organismo como responsable del sistema se
compromete a asistir a las reuniones periódicas de seguimiento de los trabajos de
personalización e implantación del sistema que convoque la IGAE.

cve: BOE-A-2022-2834
Verificable en https://www.boe.es

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