III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2022-2840)
Resolución de 14 de febrero de 2022, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Ourense, para la financiación, ejecución y entrega de las obras del proyecto de mejora del saneamiento de Velle.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 45

Martes 22 de febrero de 2022

Sec. III. Pág. 21535

del acta de recepción. A partir de este momento dicha Entidad Local asumirá todos los
derechos y obligaciones inherentes a la entrega.
Inmediatamente se iniciará la tramitación del oportuno expediente de mutación
demanial entre Administraciones Públicas, conforme a lo establecido en la cláusula
duodécima, de todas las infraestructuras que integran el sistema de mejora del
saneamiento de Velle.
Novena.

Obligaciones y facultades de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A.

1. Le corresponderán a la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. las
siguientes obligaciones:
a) La financiación de las actuaciones de acuerdo con lo dispuesto en las cláusulas
cuarta y quinta del presente convenio.
b) Licitar, adjudicar y gestionar los contratos de la obra y servicios precisos, así
como las demás actuaciones precisas para ejecutar el convenio hasta su terminación
definitiva.
c) Realizar, una vez terminadas las obras, la recepción de las mismas.
d) Una vez recibidas las obras en adecuadas condiciones de uso, notificar este acto
al Ayuntamiento de Ourense, adjuntando una copia del acta de recepción a modo de
entrega, para que éste asuma su gestión, mantenimiento y conservación.
e) La puesta a disposición del Ayuntamiento de las instalaciones, que cumplen las
condiciones técnicas y legales necesarias para su funcionamiento.
f) Facilitar la documentación técnica relativa a las instalaciones objeto de la cesión,
con el suficiente grado de detalle como para permitir la obtención de las pertinentes
autorizaciones, en su caso, para la explotación.
g) Tramitar ante la Dirección General del Patrimonio el correspondiente expediente
de mutación demanial.
h) La Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. quedará obligada durante la
duración del plazo de garantía, de un año, a la reparación de aquellos defectos
imputables a la ejecución y que se manifiesten con posterioridad al acto de recepción.
Esta garantía no cubrirá los desperfectos por un uso inadecuado de las instalaciones, ni
los debidos a actos vandálicos, ni los deterioros debidos al paso del tiempo, ni el
desgaste propio de un normal funcionamiento.
Décima. Facultades del Ayuntamiento de Ourense.

1. A utilizar las instalaciones cedidas de acuerdo con el fin y los planes
comúnmente aceptados por las partes.
2. A realizar las obras de mantenimiento y conservación que sean necesarias,
comprometiéndose a asumir los gastos que de las mismas puedan derivarse.
3. A realizar las reformas internas, y obras de construcción, que sean precisas para
el cumplimiento de los fines pactados que no tengan la consideración de obras
estructurales.
4. A ejecutar obras de incorporación de nuevos colectores y vertidos al colector
interceptor general objeto de la encomienda, con los requisitos fijados en los
correspondientes proyectos para las incorporaciones existentes.
Undécima. Obligaciones del Ayuntamiento de Ourense.
Le corresponderán al Ayuntamiento de Ourense las siguientes obligaciones:
1. Financiar las actuaciones de acuerdo con lo dispuesto en las cláusulas cuarta y
quinta del presente convenio.

cve: BOE-A-2022-2840
Verificable en https://www.boe.es

El Ayuntamiento de Ourense queda autorizado, a partir de la recepción de las
instalaciones de acuerdo con lo previsto en la cláusula Octava del presente convenio: