III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2022-2840)
Resolución de 14 de febrero de 2022, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Ourense, para la financiación, ejecución y entrega de las obras del proyecto de mejora del saneamiento de Velle.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 45

Martes 22 de febrero de 2022

Sec. III. Pág. 21532

Quinto.
Que el artículo 48 de la citada Ley de Régimen Jurídico del Sector Público establece
que las Administraciones públicas y sus organismos públicos, en el ámbito de sus
respectivas competencias, podrán suscribir convenios con sujetos de derecho público,
que deberán mejorar la eficiencia de la gestión pública, facilitar la utilización conjunta de
medios y servicios públicos, contribuir a la realización de actividades de utilidad pública y
cumplir con la legislación de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
Sexto.
Que en el artículo 71.4 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las
Administraciones Públicas, y en los artículos 73 y siguientes del Reglamento que
desarrolla la citada Ley, aprobado por el Real Decreto 1373/2009, de 28 de agosto, se
establece la posibilidad de que los bienes y derechos demaniales de la Administración
General del Estado y sus organismos públicos puedan afectarse a otras
Administraciones públicas para destinarlos a un determinado uso o servicio público de su
competencia, figura conocida como mutación demanial interadministrativa.
Séptimo.
Que el Ayuntamiento de Ourense, como titular de las competencias indicadas en el
exponendo Tercero, asumirá las obras ejecutadas luego de la tramitación de un
procedimiento de mutación demanial, al amparo de lo dispuesto en la Ley 33/2003, de
Patrimonio de las Administraciones Públicas.
Octavo.
Que la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. y el Ayuntamiento de Ourense
estiman necesario establecer una fórmula coordinada para la financiación, ejecución y
posterior entrega para la explotación, mantenimiento y conservación futura de las
actuaciones que integran la mejora del saneamiento de Velle.
Por todo lo anterior, y en base a los artículos 23.2 b) y 124.4 del Texto Refundido de
la Ley de Aguas, las partes firmantes, reconociéndose expresa capacidad para obligarse,
suscriben el presente convenio, en el que se determinan los derechos y obligaciones que
recíprocamente asumen, en base a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.

Segunda.

Duración, modificación y resolución del convenio.

1. El presente convenio resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico
estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Además,
habrá de publicarse en el «Boletín Oficial del Estado» y tendrá una duración de cuatro
años.
En caso de que a la fecha de extinción de su vigencia no hayan finalizado las
actuaciones objeto del mismo ni se haya procedido a la recepción de las obras,
liquidación del contrato, finalización del plazo de garantía, y entrega de las obras

cve: BOE-A-2022-2840
Verificable en https://www.boe.es

El presente convenio tiene por objeto determinar las condiciones que regirán la
financiación, ejecución y el régimen de la posterior entrega de las obras para el
mantenimiento y conservación de las obras e instalaciones contempladas en el proyecto
titulado «Mejora del saneamiento de Velle (Ourense)» redactado por la Confederación
Hidrográfica del Miño-Sil, O.A.