III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2022-2840)
Resolución de 14 de febrero de 2022, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Ourense, para la financiación, ejecución y entrega de las obras del proyecto de mejora del saneamiento de Velle.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 45

Martes 22 de febrero de 2022

Sec. III. Pág. 21531

EXPONEN
Primero.
Que el 29 de enero de 2016 se firmó el «Protocolo de colaboración entre la
Confederación Hidrográfica del Miño-Sil y el excelentísimo Ayuntamiento de Ourense
sobre la financiación y ejecución de las obras de mejora del saneamiento y depuración
de aguas residuales en Velle. T.M. de Ourense así como la formalización de la
encomienda de gestión para el mantenimiento y conservación de las mismas» con el
objeto de establecer el marco para una posible colaboración futura entre el Ayuntamiento
de Ourense y la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. para la financiación,
puesta a disposición de los terrenos, ejecución de las obras y formalización de la
encomienda de gestión para el mantenimiento y conservación de las obras realizadas
necesarias para la mejora del saneamiento y depuración en la parroquia de Velle.
La red de saneamiento de una parte de la parroquia de Velle hoy en día no está
conectada al sistema general de saneamiento de Ourense, disponiendo de cuatro fosas
sépticas cuyo funcionamiento resulta ser muy deficiente y provoca recurrentes vertidos al
rio Miño, aguas arriba del embalse de Velle y, por tanto de la toma de agua potable
situada en la margen izquierda del río.
Además la situación de estas fosas en lugares de complicado acceso dificulta
enormemente su mantenimiento y explotación.
Segundo.
Que a la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. le corresponde, en el ámbito
de su Demarcación Hidrográfica, la administración y protección del dominio público
hidráulico, así como el proyecto, la construcción y explotación de las obras realizadas
con cargo a los fondos propios del Organismo (artículo 23 del Texto Refundido de la Ley
de Aguas) para cuya finalidad podrá establecer convenios de colaboración con las
Entidades Locales, al amparo de lo dispuesto en el artículo 25.2 de la precitada
disposición legal, así como en su artículo 23.2 b).
Tercero.
Que al Ayuntamiento de Ourense le corresponden, entre otras, el ejercicio de las
competencias en materia de saneamiento y protección del medio ambiente, según lo
dispuesto en los artículos 80 de la Ley 5/1997, de 22 de julio, reguladora de la
Administración Local de Galicia (en adelante LALG) y 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
reguladora de las Bases de Régimen Local, según redacción dada a la misma por la
Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la administración
local. En base a lo anterior, el Ayuntamiento de Ourense manifiesta su voluntad de
asumir el mantenimiento y conservación de las obras resultantes de la actuación «Mejora
del saneamiento de Velle (Ourense)».

Que conforme a los artículos 143 y 144 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, las Administraciones cooperarán al servicio del
interés general de acuerdo con las técnicas que consideren más adecuadas, como la
cooperación interadministrativa para la aplicación de la normativa reguladora de una
materia o actuaciones de cooperación en materia patrimonial, incluidos los cambios de
titularidad y la cesión de bienes.
Estas relaciones de cooperación, que requieren la aceptación expresa de las partes,
se formularán en acuerdos de los órganos de cooperación o en convenios en los que se
preverán las condiciones y compromisos que se asumen.

cve: BOE-A-2022-2840
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Cuarto.