III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Ayudas. (BOE-A-2022-2830)
Resolución de 11 de febrero de 2022, de la Secretaría General de Formación Profesional, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 20 de diciembre de 2021, sobre la distribución del crédito adicional para el año 2021, correspondiente a los Presupuestos Generales del Estado para 2021, del Programa de Cooperación Territorial "Plan de Modernización de la Formación Profesional" destinado al Redimensionamiento de la oferta de Formación Profesional, en el marco del Componente 20 "Plan estratégico de impulso de la Formación Profesional", del Mecanismo de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 45

Martes 22 de febrero de 2022

Sec. III. Pág. 21481

cve: BOE-A-2022-2830
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que se actualiza el Manual de Imagen Institucional, adaptándolo a la nueva estructura de
departamentos ministeriales de la Administración General del Estado.
El artículo 34 del citado reglamento establece las medidas de información,
comunicación y publicidad, en particular, indica que los perceptores de fondos de la
Unión harán mención del origen de la financiación y velarán por darle visibilidad,
incluyendo el emblema de la Unión y una declaración de financiación adecuada que
indique «financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU». En todas las medidas de
información y comunicación que lleve a cabo el beneficiario, se deberá reconocer el
apoyo del fondo en la operación mostrando el emblema de la Unión Europea.
En consecuencia, en la actuación, «Plan de Modernización de la Formación
Profesional (MRR)» financiada por el Ministerio de Educación y Formación Profesional,
con cargo a los PGE 2021, se incluirá el logo de la Unión Europea y del Ministerio de
Educación y Formación Profesional, y se establecerá un mecanismo de identificación de
las facturas o documentos originales del gasto (mediante sello, troquel u otro medio
similar) de forma que figure su condición de «gasto financiado por el Ministerio de
Educación y Formación Profesional y por la Unión Europea-NextGenerationEU».
Este Acuerdo de Consejo de Ministros tiene por objeto, exclusivamente, la
distribución entre las comunidades autónomas de las habilitaciones de gasto en que
consisten los créditos presupuestarios, así como su formalización, sin que en ningún
caso pueda entenderse que implica la ejecución de los citados créditos presupuestarios,
el nacimiento de ningún tipo de obligación económica con cargo a los Presupuestos
Generales del Estado a favor de las comunidades autónomas, ni, en consecuencia, la
existencia de ningún derecho de cobro de las comunidades autónomas frente a la
Administración General del Estado o sus entidades públicas vinculadas o dependientes.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X