III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2022-2818)
Resolución de 1 de febrero de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de Benaguasil a inscribir una certificación de acta de adjudicación y el correspondiente mandamiento de cancelación de cargas librados en procedimiento de apremio administrativo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 45

Martes 22 de febrero de 2022

Sec. III. Pág. 21401

En consecuencia, esta Dirección General ha acordado estimar el recurso en cuanto a
la exigencia de que se aporte el título sucesorio que acredite la condición de herederos
de la titular registral de sus hijos notificados en el expediente, y desestimarlo,
confirmando la nota de calificación del registrador, en cuanto al resto de defectos.
Contra esta resolución los legalmente legitimados pueden recurrir mediante demanda
ante el Juzgado de lo Civil de la capital de la Provincia del lugar donde radica el
inmueble en el plazo de dos meses desde su notificación, siendo de aplicación las
normas del juicio verbal, todo ello conforme a lo establecido en los artículos 325 y 328 de
la Ley Hipotecaria.

cve: BOE-A-2022-2818
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Madrid, 1 de febrero de 2022.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe
Pública, Sofía Puente Santiago.

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X