III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Convenio. (BOE-A-2022-2765)
Resolución de 10 de enero de 2022, de la Entidad Pública Empresarial ADIF-Alta Velocidad, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y el Ayuntamiento de Alcantarilla, para la integración del Corredor Mediterráneo de Alta Velocidad a su paso por Alcantarilla (Murcia).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 44

Lunes 21 de febrero de 2022
Cuarta.

Sec. III. Pág. 21191

Forma de abono.

La Comunidad Autónoma Región de Murcia ha consignado en sus presupuestos
anuales del año 2021 el importe indicado en la Cláusula Tercera correspondiente al
citado ejercicio, en su capítulo 7 del presupuesto de gastos, partida
presupuestaria 14.04.00.513A.70999, proyecto 48012.
El abono del importe a ADIF-Alta Velocidad de la aportación autonómica se hará con
carácter anticipado, una vez entre en vigor el presente convenio, mediante una
transferencia única a la cuenta indicada por ADIF-Alta Velocidad, previo a la ejecución de
las obras correspondientes a la losa de cobertura para la integración del ferrocarril en el
municipio de Alcantarilla.
Por su parte, y para dar cuenta a la Comunidad Autónoma de Murcia de los importes
percibidos anticipadamente, ADIF-Alta Velocidad procederá a emitir las correspondientes
facturas a la Comunidad Autónoma de Murcia por el importe de las certificaciones
aprobadas que le sean presentadas por el contratista. A estos efectos, al tener ADIF-Alta
Velocidad la consideración de empresario sujeto a la Ley del IVA, dichos importes a
facturar a la Comunidad Autónoma de Murcia incluirán el IVA correspondiente, ya
reflejado en los costes previstos en el presente convenio, no suponiendo, por tanto, una
mayor aportación por la Comunidad Autónoma de Murcia.
Quinta.

Seguimiento y gestión del Convenio.

Para velar por el cumplimiento de las obligaciones asumidas por las partes, así como
por la correcta ejecución de las actuaciones recogidas en el mismo, se creará una
Comisión de Seguimiento formada por los dos representantes de cada una de las partes,
o personas que estos designen:
– Por parte del Ayuntamiento de Alcantarilla: A designar por el Ayuntamiento.
– Por parte de la Comunidad Autónoma Región de Murcia:
• Secretario General de la Consejería competente en materia de transporte e
infraestructuras.
• Director General competente en materia de transporte.
– Por parte de ADIF-Alta Velocidad: A designar por el Director General.

a) Llevar a cabo el seguimiento de las actuaciones incluidas en el presente
Convenio.
b) Promover la coordinación necesaria para la realización de estudios,
desarrollando cuantas acciones se estimen necesarias y oportunas para la consecución
de los objetivos del Convenio, siempre que no afecte al contenido mínimo y esencial del
convenio, el cual no puede ser objeto de modificación en la Comisión de seguimiento.
c) Informar del contenido de los estudios y Proyectos que puedan ser necesarios
para desarrollar las actuaciones del Convenio.
d) Velar por el cumplimiento de los plazos que se fijen.
e) Resolver las cuestiones que se susciten en la interpretación del presente
Convenio.
f) Informar a las partes de los retrasos e incidencias que se puedan presentar
durante la ejecución del convenio.
g) Concretar, en función del desarrollo temporal de la ejecución de las actuaciones
recogidas en el presente convenio, y para cada uno de los organismos intervinientes, la
distribución anual de las aportaciones totales de los importes del compromiso económico
que asumen cada uno de los organismos para la ejecución del convenio, siempre que
dicha distribución de anualidades no suponga un incremento económico de los importes
recogidos en el Convenio, ni un incremento del plazo de su vigencia.

cve: BOE-A-2022-2765
Verificable en https://www.boe.es

La Comisión de Seguimiento asumirá las siguientes funciones: