III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Convenio. (BOE-A-2022-2765)
Resolución de 10 de enero de 2022, de la Entidad Pública Empresarial ADIF-Alta Velocidad, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y el Ayuntamiento de Alcantarilla, para la integración del Corredor Mediterráneo de Alta Velocidad a su paso por Alcantarilla (Murcia).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 44

Lunes 21 de febrero de 2022

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integración urbana del ferrocarril, y que, por tanto, requiere de una financiación
específica que debe ser asumida por la Administración Autonómica.
Quinto.
Que las actuaciones que se proponen desarrollar en este convenio completan la
integración del ferrocarril en el municipio de Alcantarilla con el objetivo común para las
partes de mejorar la funcionalidad ferroviaria y optimizar el uso del espacio,
transformando e integrando el suelo liberado en la ordenación urbana de la ciudad.
En consecuencia, de conformidad con lo expuesto, las partes firmantes, acuerdan
formalizar el presente Convenio, con sujeción a las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del Convenio.

Constituye el objeto del presente convenio establecer los términos y condiciones
para la ejecución de la Fase 2 de la operación de integración urbana del ferrocarril en el
municipio de Alcantarilla, así como la delimitación de la financiación de las actuaciones
urbanísticas correspondientes.
La finalidad de estas obras es la mejora de la integración urbana de los 496 metros
existentes entre el PK 105+124 y el PK 105+620 del tramo Nonduermas-Sangonera. Las
actuaciones a realizar suponen una modificación del proyecto de construcción original,
para rediseñar los trabajos que hubieran de realizarse posteriormente en la Fase 2 e
integrarlos en una fase única, resultando una solución constructiva óptima desde el
punto de vista técnico y económico. El importe de estos trabajos, repercutido el IVA
(21%) y aplicado el coeficiente de adjudicación, asciende a las siguientes cantidades:

El total del presupuesto que resulta imputable a la cobertura del tramo a cielo abierto
existente entre el PK 105+124 y el PK 105+620 al realizar los trabajos en una sola fase
única, de forma coordinada y simultánea con las obras de ejecución del tramo, asciende
a la cantidad de 1.317.435,35 euros (IVA incluido), que debe ser objeto de financiación
por parte de la Administración autonómica y por ADIF AV según el cuadro de la cláusula
tercera.
El Proyecto redactado por ADIF AV contempla una impermeabilización de la cubierta
del cajón ferroviario en toda la longitud que finalmente resulta soterrada, la cual tendrá
una capa de hormigón de protección para evitar su daño. Dicha impermeabilización, así
como la capa de protección de hormigón pasará a ser propiedad del Ayuntamiento de
Alcantarilla.
Si sobre ese acabado del cajón ferroviario en superficie, la Administración local
deseara adicionalmente realizar obras de Urbanización, su definición, ejecución y
financiación deberá ser acometida por dicha administración, con la obligación de ser
compatibles y no interferir con la infraestructura ferroviaria ejecutada, lo que requerirá de
la autorización previa por parte de ADIF-Alta Velocidad antes de proceder a su ejecución.
Todo ello, con independencia del régimen de autorizaciones establecido en la
Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario y el Reglamento del Sector
Ferroviario aprobado por Real Decreto 2387/2004, de 30 de diciembre y las limitaciones
a la propiedad contenida en ambos.

cve: BOE-A-2022-2765
Verificable en https://www.boe.es

– Recrecido de pantallas (1 metro más largas) entre el PK 105+124 y el
PK 105+620: 288.763,41 euros.
– Losa de cobertura de 0,80 m de canto incluyendo la impermeabilización, entre el
PK 105+124 y el PK 105+620: 924.808,91 euros.
– Movimiento de tierras para posibilitar la ejecución de la losa de cobertura así como
la conformación posterior del terreno para evitar acumulaciones de agua en la zona
referida: 103.863,03 euros.