III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Premios. (BOE-A-2022-2693)
Orden HFP/105/2022, de 16 de febrero, por la que se convocan el proceso de Reconocimiento del nivel de excelencia y los Premios a la Calidad e Innovación en la Gestión Pública, XV edición.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 19 de febrero de 2022

Sec. III. Pág. 20902

ANEXO 2.2
Criterios para la valoración de candidaturas al Premio a la Innovación en la Gestión
Pública XV edición
La evaluación de las candidaturas del Premio a Innovación en la Gestión Pública XV
edición se realizará teniendo en cuenta las evidencias mostradas en la Memoria,
destinadas a exponer iniciativas innovadoras que se traduzcan en:
a) Un incremento, cuantitativo o cualitativo de los resultados de la organización en
la provisión de servicios nuevos o significativamente mejorados, ya sea en cuanto a sus
características, finalidad, nuevas funciones o facilidad de uso, en comparación con los
servicios existentes.
b) Métodos de gestión nuevos o mejorados técnica u organizativamente en
comparación con los existentes; funciones de apoyo a los procesos de la organización
destinados a proveer de servicios internos o a los ciudadanos; sistemas innovadores
destinados al aprovechamiento de las opiniones o sugerencias de los empleados para la
mejora de los servicios o procesos internos; nuevos métodos destinados a rediseñar o
innovar en la planificación e implantación de procesos, o bien programas de cooperación
o colaboración con otras organizaciones para evitar duplicidades o mejorar la eficiencia
de las organizaciones.
c) Respuestas creativas e innovadoras frente a los retos planteados a la
organización por la pandemia COVID-19, incluidas aquellas recogidas en el Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).
Para la valoración de dichas evidencias se tomarán en consideración los siguientes
criterios de evaluación:
1. Creatividad y conocimiento: aplicación de la creatividad y el conocimiento de las
personas de la organización a la definición e implantación de:
1.1 Servicios públicos (o medios para su prestación) orientados a los ciudadanosusuarios y de carácter novedoso o sustantivamente mejorados respecto de los
existentes. Asimismo, aprovechamiento de las opiniones o sugerencias de los
ciudadanos-usuarios para la mejora de los servicios. Respuesta a las necesidades
generadas por COVID-19.
1.2 Procesos internos de carácter novedoso o sustantivamente mejorado respecto
de los existentes. Específicamente, medidas novedosas de reorganización del trabajo
como consecuencia de COVID-19.
2. Transferibilidad y difusión: capacidad de la práctica innovadora de ser aplicada o
adaptada y compartida con otras organizaciones. Acciones de benchmarking,
organizaciones que han reproducido la práctica, esfuerzo en la difusión: publicación de la
práctica, elaboración de guías, empleo de formatos de libre acceso, impacto en los
medios de comunicación.
3. Complejidad: complejidad y magnitud del problema y de la práctica implantada
para solucionarlo en términos de aspectos técnicos. Grado de complejidad añadido
debido al entorno VUCA (volátil, incierto, cambiante y ambiguo), generado por la
pandemia COVID-19.
4. Eficacia: grado de consecución de los objetivos perseguidos con la práctica
innovadora. Grado de cumplimiento de los objetivos planteados en relación con los
desafíos COVID-19.
5. Eficiencia: aprendizaje destinado a la optimización de procesos y recursos
financieros, tecnológicos y materiales. Coste beneficio/efectividad de la práctica.
Cuantificación de los ahorros producidos. En su caso, retorno de la inversión.

cve: BOE-A-2022-2693
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Núm. 43