III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2022-2673)
Resolución de 14 de febrero de 2022, de la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social, por la que se publica el Convenio con la Comunitat Valenciana, para la realización de un proyecto para la inclusión social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
18 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 42

Viernes 18 de febrero de 2022

Sec. III. Pág. 20818

subvención y hasta el 31 de marzo de 2024 para su evaluación, siempre y cuando
cumplan los requisitos establecidos en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo
de Recuperación y Resiliencia.
Quinta.

Cumplimiento de hitos y objetivos y otras obligaciones.

1. Estas ayudas estarán incluidas en la inversión C23.I7 «Fomento del crecimiento
inclusivo mediante la vinculación de las políticas de inclusión social al Ingreso Mínimo
Vital» dentro del Componente 23 «Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo
dinámico, resiliente e inclusivo» correspondiente al Ministerio de Inclusión, Seguridad
Social y Migraciones. Las ayudas contribuirán al cumplimiento, ejecución y realización
del objetivo y los hitos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Se
prevé que el objetivo a alcanzar para el período del Plan sea la suscripción de, al
menos, 18 convenios para la realización y evaluación de proyectos piloto de inclusión
social (el hito 350 del CID prevé 8 convenios de colaboración, y el indicador de
seguimiento 351.1 del Anexo II Disposiciones Operativas (OA por sus siglas en inglés)
prevé, al menos, 10 convenios de colaboración adicionales a los anteriores).
Para ello, la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión
Social asume los siguientes compromisos en el marco de estas ayudas:
a) Proporcionar a la Comunitat Valenciana apoyo para el diseño de las actuaciones
a realizar para la ejecución y seguimiento del objeto de la subvención, así como para el
perfilado de los potenciales participantes del proyecto piloto.
b) Diseñar la metodología de ensayo controlado aleatorizado (RCT) del proyecto
piloto objeto de las subvenciones reguladas en el Real Decreto 938/2021, de 26 de
octubre, en coordinación con la Comunitat Valenciana.
c) Evaluar el proyecto piloto objeto de las subvenciones reguladas en el
Real Decreto 938/2021, de 26 de octubre, en coordinación con la Comunitat Valenciana.
2. La responsabilidad de la gestión, control y cumplimiento de los hitos y objetivos
de la subvención le corresponde al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones, sin que pueda delegarse la misma en otras entidades.
Sexta.

Compromisos asumidos por la Comunitat Valenciana.

a) Cumplir el objetivo, realizar la actividad y adoptar el comportamiento en que se
fundamenta la concesión de subvención, en la forma, condiciones y plazo establecidos
en el Real Decreto 938/2021, de 26 de octubre, la resolución de concesión y en el
presente convenio.
b) En la ejecución de las actuaciones subvencionadas, no perjudicarán
significativamente al medio ambiente, de acuerdo con el artículo 17 del Reglamento
(UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, relativo al
establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se
modifica el Reglamento (UE) 2019/2088.
c) Colaborar con la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y
Previsión Social para el diseño de la metodología RCT, y proporcionar la información
necesaria para ello, de acuerdo con los mecanismos de intercambio de información
previstos en el Real Decreto 938/2021, de 26 de octubre, en la resolución de concesión
de la subvención y en el presente convenio.
d) Colaborar con la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y
Previsión Social para la ejecución de la evaluación de los proyectos piloto objeto de las
subvenciones reguladas en el Real Decreto 938/2021, de 26 de octubre.

cve: BOE-A-2022-2673
Verificable en https://www.boe.es

1. En virtud del presente convenio, la Comunitat Valenciana deberá dar
cumplimiento a las siguientes obligaciones: