II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Escala de Titulados Superiores de Organismos Autónomos. (BOE-A-2022-2642)
Resolución de 11 de febrero de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Titulados Superiores de Organismos Autónomos del MITC, especialidad de Propiedad Industrial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 42

Viernes 18 de febrero de 2022

Sec. II.B. Pág. 20658

ejercicio y actuará de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 936/2020, de 27 de
octubre, y en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio.
5.6 Los miembros titulares y suplentes del Tribunal podrán actuar indistinta o
conjuntamente debido a la complejidad técnica de los ejercicios a calificar.
5.7 El Tribunal podrá disponer de los asesores especialistas que consideren
necesarios durante los diferentes ejercicios que componen la fase de oposición.
5.8 El Tribunal adoptará las medidas oportunas que permitan a los aspirantes con
discapacidad, que así lo hubieran indicado en la solicitud, poder participar en las pruebas
de proceso selectivo en igualdad de condiciones que el resto de los participantes.
6.

Requisitos de los candidatos. Nacionalidad. Titulación

Además de los requisitos enumerados en la base décima de la Orden HFP/688/2017,
de 20 de julio y de acuerdo con lo establecido en el artículo 4 y en el anexo del
Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la
Administración General del Estado y sus Organismos públicos de nacionales de otros
Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores, sólo
podrán participar en este proceso selectivo los aspirantes con nacionalidad española.
Asimismo, con respecto a la titulación exigida:
– Aspirantes que se presentan por la Rama Técnica o Rama Informática: estar en
posesión, o en condiciones de obtener, el título de Ingeniero, Arquitecto, Licenciado o
Grado, en el ámbito de las ciencias experimentales o de la técnica, según lo previsto en
el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido del Estatuto Básico del Empleado Público. A este respecto, se tendrá en
cuenta lo establecido en la disposición adicional octava del Real Decreto 967/2014,
de 21 de noviembre, según la cual dicho real decreto no resulta de aplicación al régimen
de titulaciones exigible para el ingreso en las Administraciones Públicas.
– Aspirantes que se presentan por la Rama Jurídica: estar en posesión, o en
condiciones de obtener, el título de Licenciado o Grado en Derecho, según lo previsto en
el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido del Estatuto Básico del Empleado Público.
Los aspirantes con titulaciones universitarias obtenidas en el extranjero deberán
estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del
correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los
aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el
ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho
comunitario.
Los candidatos deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de
solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de
carrera los requisitos exigidos.
Acceso de personas con discapacidad

7.1 Quienes opten a la plaza reservada para las personas con discapacidad
deberán acreditar que cuentan con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por
ciento y habrán de expresarlo en su solicitud de participación en el proceso selectivo.
7.2 Las personas que, como consecuencia de su discapacidad, presenten
especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas, podrán requerir en
su solicitud las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempos y medios oportunos de
las pruebas del proceso selectivo. Los interesados deberán formular la petición
correspondiente al solicitar la participación en la convocatoria. Igualmente, deberán
aportar el dictamen técnico facultativo previsto en el punto 8.11.a) de estas bases
específicas.

cve: BOE-A-2022-2642
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7.