II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Escala de Titulados Superiores de Organismos Autónomos. (BOE-A-2022-2642)
Resolución de 11 de febrero de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Titulados Superiores de Organismos Autónomos del MITC, especialidad de Propiedad Industrial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 18 de febrero de 2022

Sec. II.B. Pág. 20657

encuentran expuestas al público las listas completas de aspirantes admitidos y excluidos,
así como el lugar, fecha y hora de comienzo de los ejercicios.
En las listas de admitidos y excluidos figurará el nombre y apellidos, el número del
documento nacional de identidad, del pasaporte o del documento de identificación
correspondiente, en la forma que determina la disposición adicional séptima de la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales, así como la especialidad por la que se presentan e idioma
optativo.
3.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración de los
restantes ejercicios se harán públicos con, al menos, doce horas de antelación a la
señalada para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se
trata de uno nuevo. Estos anuncios se difundirán en los lugares indicados en el
punto 10.2.
3.4 Las fechas de celebración de alguno de los ejercicios pueden coincidir con las
fechas de celebración de ejercicios de otros procesos selectivos.
3.5 Según lo establecido por la Oferta de Empleo Público del año 2020, el primer
ejercicio de la fase de oposición tendrá que celebrarse en el plazo máximo de cuatro
meses, contados a partir de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del
Estado», sin perjuicio de que pueda acordarse su ampliación. La previsión sobre la
duración máxima de la fase de oposición del proceso selectivo es de doce meses. Con el
fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica
que deben regir el acceso al empleo público, el Tribunal publicará un cronograma
orientativo con las fechas de realización de las pruebas relativas a este proceso
selectivo.
4.

Programas

El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como Anexo II de
esta convocatoria.
5.

Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura en el anexo III a
esta resolución y actuará con sujeción a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en la
Ley 19/2013, de 9 de noviembre, de transparencia, acceso a la información pública y
buen gobierno, y en las demás disposiciones vigentes.
5.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará
por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y
hombres.
5.3 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la
acreditación de la identidad de los aspirantes. Asimismo, en cualquier momento del
procedimiento, si el Tribunal tuviera conocimiento de que algún aspirante no cumple
cualquiera de los requisitos exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia del
interesado, propondrá su exclusión al órgano convocante o, en su caso, poner en su
conocimiento la posible concurrencia de esta circunstancia para que, previas las
comprobaciones necesarias, se resuelva al respecto.
5.4 Corresponderá al Tribunal, la consideración, verificación y apreciación de las
incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto
las decisiones motivadas que estime pertinentes.
5.5 El Tribunal actuará de acuerdo con el principio de transparencia.
En las actas de sus reuniones y de los ejercicios celebrados dejará constancia de
todo acuerdo que afecte a la determinación de las calificaciones otorgadas a cada

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Núm. 42