I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Fertilizantes. (BOE-A-2022-2621)
Orden APA/104/2022, de 11 de febrero, por la que se modifican los anexos I, II, III y VI del Real Decreto 506/2013, de 28 de junio, sobre productos fertilizantes.
65 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 18 de febrero de 2022
N.o
Denominación del tipo
Informaciones sobre la forma de obtención y los
componentes esenciales
Contenido mínimo en elementos nutrientes (porcentaje
en masa)
Informaciones sobre la evaluación de los elementos
nutrientes
Otros requisitos
1
2
3
4
Sec. I. Pág. 20592
Otras informaciones sobre la denominación del tipo
Elementos cuyo contenido debe declararse Formas y
solubilidades de los elementos nutrientes
Otros criterios
5
6
La denominación deberá incluir:
1) el nombre del anión o aniones minerales, si están
2 % Cu soluble en agua
3(f)
Solución de abono a base de cobre
Solución acuosa de los tipos 3(a) y/o 3(d) o 1.3.1.02
Cuando los tipos 3(a) y 1.3.1.02 estén mezclados, la
fracción complejada deberá ser al menos el 40 % del Cu
soluble en agua
presentes;
2) el nombre de cada agente quelante autorizado
presente que quele al menos un 1 % del cobre
soluble en agua y que pueda ser identificado y
cuantificado por una norma europea, o el nombre del
agente complejante autorizado que pueda ser
identificado por una norma europea
3(g)
3(h)
Oxicloruro de cobre
Suspensión de abono a base de cobre
Producto obtenido químicamente que se compone
esencialmente de oxicloruro de cobre [Cu2Cl(OH)3]
Producto obtenido por suspensión en agua de los tipos
3(a) y/o 3(b) y/o 3(c) y/o 3(d) y/o 3(g)
Cobre (Cu) soluble en agua
Cobre (Cu) quelado por cada agente quelante
autorizado que quele al menos un 1% del cobre
soluble en agua y que pueda ser identificado y
cuantificado por una norma europea
Cobre (Cu) complejado por el agente complejante
autorizado que pueda ser identificado por una norma
europea
Facultativamente: Cobre (Cu) total quelado por
agentes quelantes autorizados
50 % Cu total
Granulometría: paso del 98 %, como mínimo, por el
Cobre (Cu) total
tamiz de 0,063 mm
17 % Cu total
La denominación deberá incluir:
Cobre (Cu) total
1) los nombres de los aniones, si están presentes;
Cobre (Cu) soluble en agua, si está presente
2) el nombre de cada agente quelante autorizado
Cobre (Cu) quelado por cada agente quelante
presente que quele al menos un 1% del cobre soluble autorizado que quele al menos un 1 % del cobre
en agua y que pueda ser identificado y cuantificado
soluble en agua y que pueda ser identificado y
por una norma europea
cuantificado por una norma europea
cve: BOE-A-2022-2621
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 42
Viernes 18 de febrero de 2022
N.o
Denominación del tipo
Informaciones sobre la forma de obtención y los
componentes esenciales
Contenido mínimo en elementos nutrientes (porcentaje
en masa)
Informaciones sobre la evaluación de los elementos
nutrientes
Otros requisitos
1
2
3
4
Sec. I. Pág. 20592
Otras informaciones sobre la denominación del tipo
Elementos cuyo contenido debe declararse Formas y
solubilidades de los elementos nutrientes
Otros criterios
5
6
La denominación deberá incluir:
1) el nombre del anión o aniones minerales, si están
2 % Cu soluble en agua
3(f)
Solución de abono a base de cobre
Solución acuosa de los tipos 3(a) y/o 3(d) o 1.3.1.02
Cuando los tipos 3(a) y 1.3.1.02 estén mezclados, la
fracción complejada deberá ser al menos el 40 % del Cu
soluble en agua
presentes;
2) el nombre de cada agente quelante autorizado
presente que quele al menos un 1 % del cobre
soluble en agua y que pueda ser identificado y
cuantificado por una norma europea, o el nombre del
agente complejante autorizado que pueda ser
identificado por una norma europea
3(g)
3(h)
Oxicloruro de cobre
Suspensión de abono a base de cobre
Producto obtenido químicamente que se compone
esencialmente de oxicloruro de cobre [Cu2Cl(OH)3]
Producto obtenido por suspensión en agua de los tipos
3(a) y/o 3(b) y/o 3(c) y/o 3(d) y/o 3(g)
Cobre (Cu) soluble en agua
Cobre (Cu) quelado por cada agente quelante
autorizado que quele al menos un 1% del cobre
soluble en agua y que pueda ser identificado y
cuantificado por una norma europea
Cobre (Cu) complejado por el agente complejante
autorizado que pueda ser identificado por una norma
europea
Facultativamente: Cobre (Cu) total quelado por
agentes quelantes autorizados
50 % Cu total
Granulometría: paso del 98 %, como mínimo, por el
Cobre (Cu) total
tamiz de 0,063 mm
17 % Cu total
La denominación deberá incluir:
Cobre (Cu) total
1) los nombres de los aniones, si están presentes;
Cobre (Cu) soluble en agua, si está presente
2) el nombre de cada agente quelante autorizado
Cobre (Cu) quelado por cada agente quelante
presente que quele al menos un 1% del cobre soluble autorizado que quele al menos un 1 % del cobre
en agua y que pueda ser identificado y cuantificado
soluble en agua y que pueda ser identificado y
por una norma europea
cuantificado por una norma europea
cve: BOE-A-2022-2621
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 42