V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. (BOE-B-2022-4780)
Extracto de la Resolución de 27 de enero de 2022, del Consejo de Administración de E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), M.P. por la que se establece la primera convocatoria del programa de incentivos a proyectos pioneros y singulares de hidrógeno renovable (Programa H2 PIONEROS) en el Marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 42

Viernes 18 de febrero de 2022

Sec. V-B. Pág. 7820

Orden TED/1445/2021, de 22 de diciembre, por la que se aprueban las bases
reguladoras para la concesión de ayudas del programa de incentivos a proyectos
pioneros y singulares de hidrógeno renovable, en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia (Programa H2 PIONEROS).
Cuarto. Importe:
1. El presupuesto asignado para esta convocatoria asciende a 150.000.000,00
€, con origen en el presupuesto de IDAE, de acuerdo con lo previsto en los
Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, en los que se ha
consignado dotación en la partida 23.50.420B.748 «Al IDAE. Para la promoción de
energías renovables, eficiencia energética y movilidad sostenible. Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia».
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día 7 de marzo de 2022 y
finalizará a las 24:00 horas del día 6 mayo de 2022. Transcurrido dicho plazo, no
serán admitidas más solicitudes.
Sexto. Otros datos:
1. El plazo máximo de ejecución de las actuaciones objeto de ayuda será de 36
meses, contados a partir de la fecha de notificación de la resolución favorable de
concesión de ayuda. El plazo de justificación será de tres meses, contados a partir
de la fecha en que expire el plazo máximo ejecución.
2. Serán de aplicación los hitos intermedios, que se comprobarán por parte del
órgano competente serán, en caso de que sean de aplicación (plazos contados
desde el día siguiente a la fecha de notificación de la resolución de concesión de
ayuda):
a) Obtención de la autorización administrativa previa: 15 meses.
b) Autorización Ambiental Integrada para la actividad de producción de
hidrógeno renovable: 18 meses.
c) Inclusión en el Censo del sistema nacional de garantías de origen de gases
renovables o autorización o permiso administrativo equivalente para la explotación
de la planta de producción de hidrógeno expedida por el organismo competente:
28 meses.

4. El Anexo I de la convocatoria establece las actuaciones que pueden ser
objeto de ayuda.
5. Por Proyectos Pioneros y Singulares se entienden aquellos proyectos
integrales que combinen, de manera agregada, la producción, distribución y uso
del hidrógeno renovable en una misma ubicación territorial que permitan la
introducción del hidrógeno renovable a partir de electrólisis en polos industriales ya
consumidores de hidrógeno gris y en sistemas energéticos aislados, así como la
integración de la producción con el suministro de hidrógeno renovable en nuevos

cve: BOE-B-2022-4780
Verificable en https://www.boe.es

3. El importe de la ayuda a otorgar será la suma de la "Ayuda Base" y la
"Ayuda Adicional" que pudiera corresponder en cada caso, conforme se establece
en el Anexo III de la convocatoria y, en cualquier caso, dicho importe estará
sometido a los límites de la normativa europea de ayudas de estado.