III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Convenios. (BOE-A-2022-2611)
Resolución de 9 de febrero de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Badajoz y el Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros, para la prestación de servicios de atención e información a los ciudadanos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 41

Jueves 17 de febrero de 2022

Sec. III. Pág. 20523

2. Facilitar al personal que el Ayuntamiento designe para prestar los servicios
regulados en este Convenio:
a) Asesoramiento en las materias propias del ámbito de competencias del INSS,
específicamente en el régimen jurídico de prestaciones económicas de la Seguridad
Social y en su tramitación en las fases atribuidas a los CAISS.
b) Asesoramiento específico en la utilización de la sede y el registro electrónicos de
la Seguridad Social, y de la web TU Seguridad Social.
c) Asesoramiento para la tramitación del alta del Ayuntamiento de Jerez de los
Caballeros en los Servicios del INSS incluidos en la Plataforma de Intermediación de
Datos.
3. Se pondrá a disposición de los ciudadanos además el catálogo de modelos y
formularios oficiales para la solicitud de las prestaciones económicas de la Seguridad
Social, así como el material informativo y divulgativo editado por el INSS.
Tercera.

Compromisos del Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros.

El Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros se compromete a poner a disposición de
los ciudadanos del municipio, en sus propias instalaciones, con su propio personal
especializado y con los medios materiales y tecnológicos necesarios, servicios de
atención e información complementarios a los gestionados por el INSS, que realizarán
las funciones siguientes:
1. Asesorar a los ciudadanos sobre la posibilidad de gestionar sus solicitudes o
realizar trámites a través de la sede y el registro electrónicos de la Seguridad Social y, en
su caso, formular electrónicamente solicitudes en representación de los ciudadanos.
2. Dirigir a los ciudadanos a los servicios propios del INSS cuando la gestión no
pueda ser atendida en la oficina municipal.
3. Poner a disposición del INSS el local donde se prestarán los servicios de
atención e información regulados en este convenio. Esta instalación municipal contará
con espacios accesibles a los ciudadanos.
Cuarta.

Aspectos instrumentales.

El local municipal donde se realicen las funciones reguladas en este Convenio se
identificará como «Oficina colaboradora del Instituto Nacional de la Seguridad Social» y
podrán señalizarse utilizando conjuntamente los elementos identificativos del INSS y el
Ayuntamiento.
Ambos firmantes publicitarán entre sus potenciales usuarios los servicios
gestionados al amparo de este Convenio.
Financiación.

Las actuaciones previstas en el presente Convenio no generarán costes ni darán
lugar a contraprestaciones financieras entre las partes firmantes. Asimismo, cada uno de
los firmantes de este Convenio asumirá exclusivamente la financiación de los gastos
propios derivados de los compromisos adquiridos. No se formulará en ningún caso, por
tanto, la imputación recíproca de gastos.
Sexta.

Protección de datos.

De conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del
Consejo de 27 de abril de 2016, Reglamento General de Protección de Datos y la Ley
Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales, la obtención, custodia y trasmisión de los datos personales de los
interesados que se produzca al amparo del presente Convenio por parte del
Ayuntamiento, se realizará en su calidad de responsable del tratamiento.

cve: BOE-A-2022-2611
Verificable en https://www.boe.es

Quinta.