II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE SANIDAD. Cuerpo de Farmacéuticos Titulares. (BOE-A-2022-2561)
Resolución de 7 de febrero de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Farmacéuticos Titulares.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 17 de febrero de 2022
Sec. II.B. Pág. 20272
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el tribunal calificador
deberá publicar un cronograma orientativo con las fechas de realización de las pruebas
relativas a este proceso selectivo.
4.
Programas
El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II de
esta convocatoria.
5.
Tribunal
5.1 El tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como anexo III
de esta convocatoria. Para aquellos ejercicios que requieran su inmediata corrección, la
composición diaria del tribunal podrá ser de tres miembros, designados por el presidente.
Las competencias serán las necesarias para su adecuado funcionamiento, incluyendo la
calificación de los ejercicios.
5.2 El tribunal velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de
oportunidades entre ambos sexos, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución
española.
5.3 El procedimiento de actuación del tribunal se ajustará en todo momento a lo
dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, en la Ley 19/2013, de 9 de noviembre, de transparencia,
acceso a la información pública y buen gobierno, y en las demás disposiciones vigentes.
5.4 Si en cualquier momento del procedimiento el tribunal tuviera conocimiento de
que algún aspirante no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la presente
convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al órgano
convocante o, en su caso, poner en su conocimiento la posible concurrencia de esta
circunstancia, para que, previas las comprobaciones necesarias, se resuelva al respecto.
5.5 El tribunal, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de
diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de
trabajo de las personas con discapacidad («Boletín Oficial del Estado» de 17 de
diciembre), adoptará las medidas oportunas que permitan a los aspirantes con
discapacidad que así lo hubieran indicado en la solicitud de participación en el proceso
selectivo poder participar en las fases del mencionado proceso en igualdad de
condiciones con el resto de participantes.
5.6 Corresponderá al tribunal la consideración, verificación y apreciación de las
incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de las fases, adoptando al respecto las
decisiones motivadas que estime pertinentes.
5.7 El tribunal actuará de acuerdo con el principio de transparencia. En las actas de
sus reuniones y de los ejercicios celebrados deberá dejar constancia de todo acuerdo
que afecte a la determinación de las calificaciones otorgadas a cada ejercicio y actuará
de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 936/2020, de 27 de octubre, y en la
Orden HFP/688/2017, de 20 de julio. En el caso de que el tribunal acuerde parámetros
para la calificación de un ejercicio, en desarrollo de los criterios de valoración previstos
en esta convocatoria, aquellos se difundirán con anterioridad a la realización del
ejercicio. Igualmente, en las actas del tribunal deberá quedar constancia del desglose de
las puntuaciones otorgadas y de su cálculo, de acuerdo con los criterios establecidos
para cada uno de los ejercicios en esta convocatoria.
El tribunal no podrá proponer el acceso a la condición de funcionario de un número
superior de aprobados al de plazas convocadas.
5.8 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el tribunal tendrá su sede en
el Ministerio de Sanidad, paseo del Prado, 18-20, dirección de correo electrónico
farmaceuticostitulares2020@sanidad.gob.es.
cve: BOE-A-2022-2561
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 41
Jueves 17 de febrero de 2022
Sec. II.B. Pág. 20272
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el tribunal calificador
deberá publicar un cronograma orientativo con las fechas de realización de las pruebas
relativas a este proceso selectivo.
4.
Programas
El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II de
esta convocatoria.
5.
Tribunal
5.1 El tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como anexo III
de esta convocatoria. Para aquellos ejercicios que requieran su inmediata corrección, la
composición diaria del tribunal podrá ser de tres miembros, designados por el presidente.
Las competencias serán las necesarias para su adecuado funcionamiento, incluyendo la
calificación de los ejercicios.
5.2 El tribunal velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de
oportunidades entre ambos sexos, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución
española.
5.3 El procedimiento de actuación del tribunal se ajustará en todo momento a lo
dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, en la Ley 19/2013, de 9 de noviembre, de transparencia,
acceso a la información pública y buen gobierno, y en las demás disposiciones vigentes.
5.4 Si en cualquier momento del procedimiento el tribunal tuviera conocimiento de
que algún aspirante no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la presente
convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al órgano
convocante o, en su caso, poner en su conocimiento la posible concurrencia de esta
circunstancia, para que, previas las comprobaciones necesarias, se resuelva al respecto.
5.5 El tribunal, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de
diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de
trabajo de las personas con discapacidad («Boletín Oficial del Estado» de 17 de
diciembre), adoptará las medidas oportunas que permitan a los aspirantes con
discapacidad que así lo hubieran indicado en la solicitud de participación en el proceso
selectivo poder participar en las fases del mencionado proceso en igualdad de
condiciones con el resto de participantes.
5.6 Corresponderá al tribunal la consideración, verificación y apreciación de las
incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de las fases, adoptando al respecto las
decisiones motivadas que estime pertinentes.
5.7 El tribunal actuará de acuerdo con el principio de transparencia. En las actas de
sus reuniones y de los ejercicios celebrados deberá dejar constancia de todo acuerdo
que afecte a la determinación de las calificaciones otorgadas a cada ejercicio y actuará
de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 936/2020, de 27 de octubre, y en la
Orden HFP/688/2017, de 20 de julio. En el caso de que el tribunal acuerde parámetros
para la calificación de un ejercicio, en desarrollo de los criterios de valoración previstos
en esta convocatoria, aquellos se difundirán con anterioridad a la realización del
ejercicio. Igualmente, en las actas del tribunal deberá quedar constancia del desglose de
las puntuaciones otorgadas y de su cálculo, de acuerdo con los criterios establecidos
para cada uno de los ejercicios en esta convocatoria.
El tribunal no podrá proponer el acceso a la condición de funcionario de un número
superior de aprobados al de plazas convocadas.
5.8 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el tribunal tendrá su sede en
el Ministerio de Sanidad, paseo del Prado, 18-20, dirección de correo electrónico
farmaceuticostitulares2020@sanidad.gob.es.
cve: BOE-A-2022-2561
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 41