III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2022-2607)
Resolución de 28 de enero de 2022, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Investigación, por la que se publica el Convenio con la Fundación Uno Entre Cien Mil, para la evaluación científico-técnica de la IX Beca de Investigación en el Área de la Leucemia Infantil.
6 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 41

Jueves 17 de febrero de 2022

Sec. III. Pág. 20483

Cargar toda la documentación de las solicitudes en la aplicación informática de la
Agencia Estatal de Investigación, en tiempo y forma. Asimismo, revisará que la
documentación aportada sea la correcta.
Indicar en lugar visible en la publicación de ayudas concedidas, así como en su
difusión la colaboración de la Agencia Estatal de Investigación.
Remitir a la Agencia Estatal de Investigación la resolución definitiva de la convocatoria por
la que decide el procedimiento cuya evaluación es objeto de este convenio.
Las actuaciones asumidas por la entidad para la financiación de la convocatoria de la
IX Beca para la Investigación en el Área de la Leucemia Infantil, tiene un coste estimado
de cien mil euros (100.000 euros).
2.

La Agencia Estatal de Investigación se obliga a:

Diseñar el proceso de evaluación, incluyendo el calendario, las fases del proceso, la
designación de expertos, la elaboración de informes de evaluación, el resumen ejecutivo
de actuaciones y el informe final.
Aportar el personal cualificado científicamente para llevar a cabo la evaluación científicotécnica, según criterios establecidos en las convocatorias y gestionar directamente y a su
cargo los pagos a sus evaluadores, que asciende a un coste aproximado de 2.655,25 euros,
con cargo a la aplicación presupuestaria 28.303.463B.233 del ejercicio 2022 para la
evaluación de un número aproximado de 13 solicitudes, de acuerdo con la Resolución de la
Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos de 21 de octubre de 2021, por la que se
autorizan las cuantías máximas a abonar en concepto de asistencias a los especialistas y
expertos de los órganos a los que se refiere el artículo 19 de la Ley 14/2011, de la Ciencia, la
Tecnología y la Innovación o la resolución que se apruebe al finalizar su periodo de vigencia.
Las actividades de evaluación se llevarán a cabo por personal cualificado, que
incluye científicos, tecnólogos y expertos españoles y extranjeros de prestigio
internacional, conjuntamente con el personal necesario para las tareas administrativas y
de gestión, las cuales correrán a cargo del personal adscrito a la Agencia Estatal de
Investigación.
Las tareas administrativas y de gestión, a las que se refiere la cláusula primera, correrán
a cargo del personal adscrito a la Agencia Estatal de Investigación. Dichas tareas se estiman
en 120 horas de personal funcionario, con un coste aproximado de 2.874 euros.
Mantener la confidencialidad sobre la documentación facilitada por la Fundación Uno
Entre Cien Mil para el proceso de evaluación. Asimismo, solicitará el mismo compromiso
de confidencialidad a todos los expertos que tengan acceso a la documentación.
Ser imparcial en el momento de realizar cualquier juicio de valor necesario para el
estudio de la información utilizada, evitando cualquier tipo de sesgo en la misma.
No obtener beneficio directo de la información confidencial que disponga durante el
proceso de evaluación.

Número de solicitudes presentadas.
Número de expertos nombrados por la Agencia Estatal de Investigación para la
elaboración de los informes.
Porcentaje de expertos internacionales.
Distribución de evaluaciones por áreas de la Agencia Estatal de Investigación.
Distribución de calificaciones de evaluación por áreas Agencia Estatal de
Investigación.
4. La explotación de datos resultado de esta evaluación es competencia de la
Fundación Uno Entre Cien Mil, teniendo en consideración lo establecido en el artículo 54
de la Ley de Economía Sostenible, sobre titularidad y carácter patrimonial de los
resultados de la actividad investigadora y del derecho a solicitar los correspondientes
títulos de propiedad industrial e intelectual para su protección.

cve: BOE-A-2022-2607
Verificable en https://www.boe.es

3. El proceso de evaluación se desarrollará teniendo en consideración los
siguientes parámetros: